La Justicia en lo Civil confirmó una sentencia de grado que rechazó con costas la demanda interpuesta por una mujer contra Telefé por haberla descalificado en un juego del programa “Minuto para ganar”. Los vocales señalaron que "la indudable aceptación de sus reglas antes de ejecutarlo, impide a quien después ha perdido volver sobre sus pasos para cuestionar tales disposiciones".
Los jueces de la Cámara Nacional de Apelaciones en
lo Civil confirmaron la sentencia de grado que rechazó con costas la demanda de
daños y perjuicios interpuesta por una mujer contra Televisión Federal S. A.
(Telefé), por haberla descalificado en el juego llamado “La Morsa” del programa
“Minuto para ganar”.
La causa se dio en los autos “G., D. L. C/ Television
Federal S. A. Telefé S/ Daños y Perjuicios”, donde la mujer alegó que “había
aceptado las reglas indicadas por la producción que el conductor expresamente
había señalado antes de comenzar”, pero el juego se lo dieron por perdido al
“descalificarla”.
En el juego, el participante debía colocarse dos
palitos para revolver café en su boca y así agarrar caramelos y transportarlos
de un punto a otro para apilarlos en una sola torre.
Luego de analizar el caso, los camaristas afirmaron
que “las partes han estado vinculadas por un contrato por el cual la
pretendiente participaba de ciertos juegos organizados y grabados por la firma
demandada para ser después exhibidos en televisión, mediante los cuales tenía
la posibilidad de ganar determinados premios”.
De esta forma, los jueces explicaron que “en el
caso lo que ha sido controvertido es el contenido de la prestación, que se
vincula con las reglas del juego; concretamente la -para este supuesto-
trascendental cuestión de si la concursante debería trasladar de una mesa a
otra, con dos palillos para revolver el café colocados en las boca a la manera
de una morsa, tres o cuatro caramelos masticables, que a su vez debían ser
apilados”.
En primera instancia, el juez grado sostuvo que
“eran cuatro con fundamento en que la actora había aceptado las reglas
indicadas por la producción que el conductor del programa expresamente había
señalado antes de comenzar”.
No obstante, la recurrente insistió en que
"fue cambiada la regla que se encontraba en el sitio de Internet de la
firma demandada”, pro reconoció que la cláusula C.13 de las llamadas reglas del
programa “Minuto para ganar”, prescribía que los juegos “podrán ser
modificados, a exclusivo criterio de la Producción, pudiendo reducir y/o
ampliar el número de juegos allí publicados”.
“En el video acompañado por la propia demandante se
ve y escucha que el conductor, que ya había hablado varias veces con ella y con
sus padres que la habían acompañado a la grabación, antes de dar comienzo al
mentado juego reafirma que eran cuatro los caramelos a apilar”, añadió el
fallo.
Sobre este punto, los vocales destacaron que “el
hecho de que hubiera habido una discusión previa entre ella y los encargados de
la producción sobre el punto, que no habría sido registrada en el video de la
demandada, en todo caso indica que finalmente ella aceptó que el número de
caramelos a trasladar fuera el de cuatro”.
“En el ámbito de esta suerte de contrato de juego, la indudable aceptación de sus reglas antes de ejecutarlo, impide a quien después ha perdido volver sobre sus pasos para cuestionar tales disposiciones. Esas son, precisamente, las reglas del juego”, concluyeron los magistrados.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/75508/civil/minuto-para-perder-el-juicio.html