La Sala I de Casación Federal rechazó en la causa por la “Mafia de los Medicamentos” un pedido de sustitución de la caución real formulado por el ex titular de la Asociación Bancaria, Juan José Zanola. Su fiador había solicitado que se cambie la suma de $700.000 por un inmueble. La negativa se basó en que acceder al pedido “implicaría otorgarle liquidez financiera”.
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal
ratificó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 5, que rechazó
al planteo de sustitución de la caución real fijada por un inmueble ubicado en
el Conjunto Habitacional “Ingeniero Mascias”, Villa Lugano, más cien mil pesos,
propuesto por Juan Manuel Gómez Calderón, fiador del ex titular de la
Asociación Bancaria, Juan José Zanola, en la cauusa conocida como “Mafia de los
Medicamentos”.
Zanola se encuentra procesado en ese expediente
como jefe de una asociación ilícita, también integrada por el empresario Néstor
Lorenzo, la mujer de Zanola, Paula Avallay, y el ex funcionario de la
Superintendencia de Servicios de la Salud (SSN), Héctor Capaccioli, destinada a
adulterar medicamentos para pacientes con tratamientos oncológicos en el ámbito
del Policlínco Bancario.
Al ex gremialista se lo imputa de la comisión del
delito de estafa al Estado Nacional mediante la presentación de documentación
falsificada, “en especial troqueles en expedientes de la Administración
Nacional de Programas Especiales, con la intención de inducir a error acerca de
la pertinencia del otorgamiento de subsidios por el pago de medicación de alto
costo y baja incidencia”.
En la etapa de instrucción de la causa, llevada a
cabo por el ex juez Norberto Oyarbide, se había dispuesto, con el de asegurar
la sujeción de Juan José Zanola al proceso, un monto de caución real en la suma
de setecientos mil pesos ($ 700.000), teniendo principalmente en cuenta los
bienes jurídicos afectados en el caso, como la salud pública, “teniendo serias
repercusiones habida cuenta de la existencia de medicamentos adulterados y/o
falsificados y vencidos en el ámbito del Policlínico Bancario”.
El Tribunal Oral que va a juzgar a los imputados en
la causa “Zanola, Juan José y Otros s/ Falsificación de Documentos Públicos”
había rechazado el pedido formulado alegando que las circunstancias en que se
fundó la aplicación de la caución económica se encontraban vigentes, “máxime
aún cuando del planteo efectuado no surgía mención alguna de la cual se
desprendiera un argumento sólido vinculado con la necesidad de sustituir la
fianza dineraria por el inmueble”.
El TOF, además, explicó que “el hecho de restituir
al nombrado el dinero implicaría otorgarle liquidez financiera, lo cual
eventualmente podría colaborar en un posible intento por evadir el accionar de
la justicia y que la fianza debe ser una medida cautelar de rápida ejecución
pues se trata de la herramienta que poseen los jueces para lograr la sujeción
del imputado al proceso y para ello se requiere, en caso de que aquél no
comparezca ante el Tribunal, que la caución se encuentre disponible para que
los magistrados logren efectivizarla sin dilaciones perjudiciales”.
Ante el rechazo del pedido, el fiador recurrió en queja ante Casación, pero los camaristas Ana María Figueroa, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos dejaron firme la decisión, por entender que la misma no reviste el carácter de sentencia definitiva y por lo tanto al Máximo Tribunal Penal Federal le estaba vedado entender en esas cuestiones.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/75582/penal/no-hay-cambio-de-fianza-para-zanola.html