El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través del Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia (ADAJUS), determinó que Jorge Gandur, quien tiene síndrome de Down, “es jurídicamente capaz” de decidir donarle el riñón a su hermano.
Según informó un comunicado de la cartera, ADAJUS
fue autorizado por la justicia mendocina a intervenir en la causa de Gandur, de
60 años, quien solicitó autorización para donar el órgano a su hermano Alfredo,
quien padece una enfermedad renal que lo obliga a recibir diálisis permanente.
La Justicia mendocina había negado, en primera
instancia, la posibilidad del trasplante de riñón entre hermanos, al entender
que Jorge no cumplía con el requisito jurídico de ser capaz.
El caso de Gandur, inédito en el país, estuvo
en manos de la Justicia por un año,
debido a que la ley nacional de trasplante sólo permite la donación a personas
"capaces" y mayores de edad.
El equipo interdisciplinario del Programa ADAJUS
viajó a la provincia y luego de reunirse con Gandur realizó un informe que
entregó al Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas N° 4 de Mendoza en donde se
indica que el hombre "puede comprender el alcance de la ablación de uno de
sus riñones" y manifiesta libremente su necesidad de "tener que
pensar su decisión de donar o no el riñón".
Los expertos del Ministerio, en su escrito a la
Justicia, continúan diciendo que Gandur "brinda respuestas acordes a lo
preguntado, se encuentra orientado en tiempo y espacio, puede discernir entre
realidad y fantasía y expresa de manera clara sus sentimientos, como así las
cosas que le gustan y las que no".
El nuevo Código Civil y Comercial establece que el
Estado asegurará que las Personas con Discapacidad tengan acceso a la Justicia
en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de
procedimientos adecuados a la edad.
Asimismo, la Argentina cumple con los preceptos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD), aprobada por la ley 26.378 y ratificada por la Argentina en septiembre de 2008, y la ley 27.044 que otorgó jerarquía constitucional a la Convención, detalla el comunicado.
Fuente: http://www.docsalud.com/articulo/7388/concluyen-que-hombre-con-s%C3%ADndrome-de-down-es-capaz-de-decidir-donar-su-ri%C3%B1%C3%B3n