Por primera vez en el país, un Tribunal aplicó la pena de prisión perpetua por el femicidio de una transexual. Para los jueces, "la víctima perdió la vida, al ser golpeada duramente por dos hombres que se aprovechando de su condición, (...) denigrándola y arrojándola después de los golpes al canal, denotan el grado de violencia al que fue sometida, evidenciando el estado de vulnerabilidad y sometimiento en que se hallaba".
La Sala III del Tribunal de Juicio de Salta condenó
a dos hombres a la pena de prisión perpetua por considerarlos coautores
material y penalmente responsables del delito de homicidio agravado por el
concurso premeditado de dos o más personas criminis causa y por violencia de
género, en perjuicio de Gimena Álvarez, una transexual de 31 años.
El hecho tuvo lugar el 24 de diciembre de 2014,
alrededor de las 6 de la mañana, cuando imputados los mantuvieron relaciones
sexuales con la víctima y posteriormente la agredieron, le sustrajeron dinero y
un celular y, finalmente, la empujaron a un canal, donde Gimena Álvarez quedó
gravemente lesionada. La autopsia determinó que el deceso se produjo como
consecuencia de los golpes recibidos.
Los jueces explicaron que "ante la muerte
violenta de Gimena estamos en presencia de la muerte de una mujer" al
encuadrar el caso dentro de la figura descripta en el inc. 11 del artículo 80
del Código Penal.
Los sentenciantes manifestaron que "la víctima
había obtenido su identidad de mujer", y recordaron que "la Ley de
Identidad de Género (26.743), define la identidad de género como la vivencia
interna e individual del género tal como tal persona lo sienta, lo cual puede
corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento".
"En el presente caso así que ocurría a Gimena,
era tratada como mujer desde hacía varios años por su entorno familiar y
amistades. La identidad de una persona esta compuesta por una parte inmutable
como son las huellas dactilares o el genoma humano, y por otra parte mutable,
dinámica como es el fluido de la personalidad constituida por las
características de cada persona", indicó el fallo.
De igual forma, los magistrados señalaron que
"cada ser humano se percibe asimismo como hombre o mujer (...) poniendo un
límite al paradigma que durante siglos dominó en la distinción de la sexualidad
(varón-mujer) optando por la libertad y la igualdad en el reconocimiento de la
diversidad y el pluralismo".
En este contexto, los jueces concluyeron que
"Gimena perdió la vida, al ser golpeada duramente por dos hombres que se
aprovechando de su condición, con la que al menos uno de ellos tuvo una
relación sexual, aprovechándose de su estado de ebriedad, denigrándola y
arrojándola después de los golpes al canal, denotan el grado de violencia al
que fue sometida, evidenciando el estado de vulnerabilidad y sometimiento en
que se hallaba".
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/75846/penal/una-sentencia-que-sienta-precedentes.html