La Cámara Civil y Comercial de Mar del Plata condenó a un hipermercado de la firma Carrefour a abonar $56.000 a una mujer que le robaron el auto dentro del estacionamiento del lugar.
los autos
"P. N. J. c/Carrefour argentina sa s/daños y perj. incump. contractual
(exc. estado)", una mujer interpuso un recurso de apelación contra la
resolución de grado que rechazó su demanda contra le empresa Carrefour a raíz
del robo de su vehículo en el estacionamiento de un hipermercado.
La demanda fue
rechazada porque la actora presentó como única prueba de su concurrencia al
lugar una copia de un ticket de pago abonado mediante tarjeta de crédito, a la
cual no le asigna valor probatorio por ser una copia simple, y nunca presentó
el original ni el resumen expedido por el banco.
Frente a ello,
la denunciante expresó que la sentencia se limita a descalificar injustamente
el ticket de compra por haber sido presentado en copia, que no hay puesto fijo
de personal de seguridad en el playón de estacionamiento y que la empresa no
aportó las filmaciones de sus cámaras de seguridad.
Por su parte,
los integrantes del Tribunal explicaron que la causa representa una típica
relación de consumo que debe encuadrarse dentro de la Ley de Defensa del
Consumidor y del Usuario, ya que "el estacionamiento consiste en la prestación
de un servicio a título gratuito que se ofrece por el establecimiento en
función de una eventual contratación a título oneroso posterior".
En cuanto a la
acusación de falta de pruebas denunciada por Carrefour, los jueces sostuvieron
que existen elementos decisivos que permiten verificar el relato de la
damnificada, como la declaración del jefe de seguridad de la empresa que
reconoció el hecho. Conjuntamente, debe valorarse la denuncia penal hecha por
la mujer minutos después del robo y el ticket presentado coincide con el
horario y fecha del suceso.
Los
magistrados destacaron que la empresa declaró que perdió las filmaciones de las
cámaras de seguridad de ese día y se negó a dar
los datos identificatorios del personal de seguridad que se hallaba en
el sector del playón de estacionamiento. Dichas conductas denotan "un
incumplimiento a los deberes de buena fe que se exigen".
Por todo lo
expuesto, los camaristas resolvieron aceptar el recurso de apelación, admitir
la demanda de daños y perjuicios y obligar a la empresa Carrefour a abonar una
suma de $ 16.300 y $ 40.000 en concepto de "daño emergente" y
"daño moral".
Fuente: http://www.diariojudicial.com/nota/76735/civil-y-comercial/super-responsables.html