El gobernador de Santa Fe, Miguel Lifschitz, envió a la
legislatura el proyecto de ley de juicio por jurados para juzgar delitos
penados con prisión perpetua y otros considerados graves. Será la cuarta
provincia en incorporar esta modalidad después de Buenos Aires, Córdoba y
Neuquén.
El Gobernador de la Provincia de Santa Fe, Miguel Lifschitz
y su Ministro de Justicia, Ricardo Silberstein, enviaron a la Legislatura el
proyecto de ley de juicio por jurados. De esta manera, se convierte en la
cuarta provincia en incorporar esta modalidad de juzgamiento después de Buenos
Aires, Córdoba y Neuquén.
Según el proyecto presentado, la modalidad de juicio por
jurados será obligatoria para delitos penados con prisión perpetua y algunos
considerados graves, como los ataques a la integridad sexual. De la misma forma
que en el resto de las provincias, se elegirán 12 personas para integrar el
jurado y se las seleccionará a través de un sorteo del padrón electoral.
"Sin dudas esta mecánica le dará más confiabilidad a
las decisiones de la Justicia en causas resonantes y mayor transparencia a uno
de los poderes más cuestionados por la sociedad, como lo es el Judicial. Vamos
a instituir un jurado popular objetivo y autónomo", expresó el gobernador.
El proyecto ingresó por la Cámara de Diputados y se espera
que este aprobado antes de fin de año para que pueda ser implementado en el
2018.
Por su parte, el ministro de Justicia, Ricardo Silberstein
habló de un proyecto "de vanguardia" y "el más avanzado del
país", ya que "la diferencia sustancial con lo que sucede en otras
provincias, como Buenos Aires, es que en esta iniciativa se contempla que para
dejar sin efecto la sentencia todas las partes tienen que estar de
acuerdo".
Otra diferencia que muestra la iniciativa santafesina es que
será el juez el encargado de fijar la pena y el jurado sólo se limitará a
condenar al imputado. En relación a las apelaciones, Silberstein destacó que
"estarán muy restringidas, ya que todas las partes deben estar de acuerdo,
lo que lo posiciona como un proyecto de vanguardia".
Por último, para que haya condena los 12 miembros del jurado
deberán estar de acuerdo. Si esto no sucede, en segunda instancia podrá haber
fallo si hay 10 votos concordantes. Si aún así no se logran los votos
necesarios, entonces se llegará a una tercera instancia tras la cual, de no
haber 10 votos, el acusado quedará absuelto.
Fuente: DJ