La Cámara Civil y Comercial Federal revocó una resolución
que imponía a Google una multa de $500 por cada día de retardo en dar de baja
un enlace que vinculaba a una modelo con un sitio pornográfico. Fue porque
advirtió que la damnificada había denunciado un URL equivocado.
La Cámara Civil y Comercial Federal levantó una sanción
pecuinaria aplicada a Google por el incumplimiento de una medida cautelar
consistente en dar de baja enlaces con contenido presuntamente agraviamente a
una modelo, donde se vinculaba su nombre a sitios de contenido pornográfico. La
multa era de $500 diarios hasta que se cumpla con la manda judicial.
Los camaristas Graciela Medina, Guillermo Antelo y Ricardo
Recondo, de la Sala IIII de la Cámara, adoptaron ese temperamento tras advertir
que el enlace que tenía que dar de baja Google en autos “M.D.S. c/ Google Inc y
otro s/ medidas cautelares” había sido mal informado por la actora.
“Surge en forma palmaria que la actora ha cometido un error,
toda vez que el URL que allí figura como enlazado a www.google.com.ar es
distinto de aquél que fuera motivo de la denuncia de incumplimiento”, detalla
la sentencia, que hace lugar a la apelación de Google, que en su recurso
manifestó que dio “cabal cumplimiento” a la cautelar “ respecto del URL
“individualizado por la accionante”.
La actora siguió sosteniendo que Google “no dio acabado
cumplimiento a lo ordenado en su oportunidad”, pese a reconocer que los URLs
denunciados en su momento, ya habían sido bloqueados “en su totalidad”.
El meollo de la cuestión radicó en que el enlace denunciado
por la actora como no dado de baja era “.tv” mientras que el que dio
efectivamente de baja Google era “.sex”. La Cámara entonces advirtió que “aun
cuando la mayoría de sus caracteres coinciden, lo cierto es que claramente se
trata de distintas URLs y no puede achacársele a la accionada el incumplimiento
denunciado en autos”.
Fuente: Abogados Tucumàn