El fallo de la Corte
Suprema que declaró la inconstitucionalidad del régimen de subrogancias generó
repercusiones dentro del Poder Legislativo, ya que el Congreso deberá sancionar
un nuevo régimen que se ajuste a las pautas establecidas.
Tas la declaración de inconstitucionalidad de la
ley 27.145 y a menos de un mes de la renovación en ambas cámaras, el Poder
Legislativo comenzó a trabajar en diferentes iniciativas para establecer un
nuevo régimen que se ajuste a los estándares del fallo.
El diputado nacional Jorge Marcelo D’Agostino
(Unión Cívica Radical), junto a Mario Raúl Negri y
Patricia Giménez encabezan una de las iniciativas para sanción
de un nuevo mecanismo de designación de magistrados.
En diálogo con Diario Judicial, D’Agostino
subrayó: "Necesitamos asegurarle al argentino que el magistrado
que va de suplente a un juzgado, no va porque tiene un interés especial en
un caso que allí se tramita, sino que tiene toda la independencia y libertad de
pensamiento, dentro de su sana crítica".
“El proyecto fue la reacción a la inconstitucionalidad
manifiesta del aprobado en junio. En ese momento tuve la oportunidad de ser
miembro informante por la UCR. De esta forma, alertamos sobre el
incumplimiento de las pautas de la CIDH en el
caso Apitz Barbera y otros
vs. Venezuela, que indica cuáles son los resortes
indispensables para lograr la independencia en la designación de un juez y, por
otro lado, del caso Rosza de la Corte Suprema, que establece qué
quiere decir juez natural”, explicó el diputado por Entre Ríos.
Básicamente, la iniciativa establece que “los cargos
vacantes deberán ser transitoriamente subrogados por magistrados
titulares de la misma jurisdicción, competencia y jerarquía”, y en caso de
existir más de un magistrado titular en las mismas condiciones a ocupar el
cargo transitoriamente vacante la designación deberá “efectuarse mediante un
sorteo que practicará el Tribunal de alzada de la autoridad en cuestión, entre
dichos jueces”.
En el supuesto de no ser posible el cumplimiento, se fija que
“deberá recurrirse al listado de candidatos que conformará el Consejo
de la Magistratura”. Además, se establece la atribución del Consejo de
“confeccionar y remitir anualmente al Poder Ejecutivo el listado de candidatos
a jueces suplentes para cubrir transitoriamente los cargos de magistrados”.
Dicho listado deberá integrarse “respetando el siguiente
orden de prelación y el resultado obtenido en el concurso que hayan
participado”. Una vez recibido el listado de candidatos conformado por el
Consejo, “el Poder Ejecutivo Nacional contará con un plazo de treinta días
corridos para enviarlo (…) al Senado para que en igual término preste o no su
acuerdo a quienes lo integran”.
“El Poder Ejecutivo de la Nación deberá informar en forma
inmediata a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el listado de los
candidatos que obtuvieron la aprobación senatorial. La Corte Suprema de la
Nación designará para el cargo de magistrado vacante en carácter de suplente,
en los casos y bajo las condiciones previstas en el artículo primero de esta
ley, al abogado que resultare ubicado en mejor posición de acuerdo a orden de
mérito dispuesto”, finaliza el proyecto.
En cuanto a su tratamiento, el diputado consignó: "Si se
impulsa en este momento el proyecto, tenemos minoría y faltan 30 días para que
se modifiquen los números de las Comisiones en el Congreso. Luego de la sesión
en la que se trataron las designaciones en la Auditoria General de la
Nación, retrocedí totalmente a instar cualquier tipo de reunión, ya que no
hay clima".
“Adaptamos las condiciones y características establecidas en
la Constitución Nacional, junto a la interpretación que ha hecho la Corte
Suprema y la ratificación que ha realizado la CIDH respecto a la
necesidad de tener jueces independientes, tanto aquellos que han sido
designados por el procedimiento de la Constitución de cada país, como aquellos
que son designados para cubrir vacantes de manera transitoria”, señaló
D’Agostino.
En septiembre pasado, el diputado nacional Omar Duclós (Partido
GEN) presentó otra iniciativa para modificar de la ley nº ley 27.145. La
propuesta en cuestión busca incorporar "en casos de apartamiento de
un juez o tribunal por resolución del órgano judicial superior, se procederá a
un nuevo sorteo de la causa entre los jueces o tribunales del fuero y
jurisdicción que corresponda".
El legislador explicó que “lo que se pone en crisis es la
independencia de la Justicia, la idoneidad de los funcionarios designados y el
principio del juez natural”. Y agregó: “Recogiendo esa
preocupación formulamos este proyecto respetando los criterios de la
Constitución”.
Según la iniciativa, el Consejo de la Magistratura
“designará subrogantes a quienes
resulten desinsaculados mediante sorteo público entre los jueces
y juezas de igual competencia de la misma jurisdicción, salvo cuando
existiere únicamente otro magistrado, en cuyo caso la designación será en forma
directa”.
Excepcionalmente, el Consejo designará “subrogantes a quienes
resulten desinsaculados mediante sorteo público entre los miembros de
la lista de conjueces”. Al respecto, “la Comisión de Selección confeccionará
cada tres años una lista de conjueces para cada fuero, jurisdicción e
instancia, la que se integrará con treinta participantes (…) de acuerdo al
respectivo orden de mérito estuvieren en condiciones de integrar las ternas a
remitir al Ejecutivo (…)”.
Cuando el número de concursantes resultare insuficiente, la
lista se completará “con los participantes de concursos para vacantes de otras
jurisdicciones y/o secretarios judiciales”. En consecuencia, el proyecto fija
que “listas serán aprobadas por el Plenario y enviadas al Poder Ejecutivo, para
su posterior remisión al Senado, a los fines de solicitar el acuerdo
respectivo”.
El proyecto se encuentra en la Comisión de Justicia, sin
embargo, aún no ha tenido tratamiento. “Creo que hasta la nueva composición de
la Cámara, no se va a poder avanzar. Desde la oposición hay voluntad política
de tomarlo como una prioridad en la agenda futura, fortalecida con la decisión
de la Corte Suprema”, indicó Duclós.
Sin embargo, estos proyectos no son los únicos que se
encuentran en trámite parlamentario. En julio, el diputado Pablo
Gabriel Tonelli (Unión Pro) presentó otra propuesta para adecuar el
actual sistema de subrogancias.
En caso de licencia, suspensión, vacancia, recusación,
excusación u otro impedimento de los jueces de primera instancia, nacionales o
federales, "la respectiva cámara del fuero procederá a la designación por
sorteo de un subrogante (...) de un juez de igual
competencia correspondiente a la misma jurisdicción en la que se produzca
alguno de los supuestos antes mencionados", y de ser imposible, se
designará "al subrogante por sorteo público de entre una lista
de conjueces confeccionada (...)”.
En este sentido, el Consejo será el encargado de
confeccionar “cada tres años listas de conjueces que estarán
integradas por abogados de la matrícula federal y por secretarios judiciales
que reúnan los requisitos exigidos por la legislación vigente para
los cargos que deban desempeñar (…) deberán ser seleccionados mediante concurso
público de oposición y antecedentes”.
En el caso especial de la Cámara Nacional Electoral, “se
integrará por sorteo público entre los miembros de la Cámara Federal de
Apelaciones en lo Penal de la Ciudad. De producirse una vacancia en los
tribunales inferiores con competencia electoral, la designación será realizada
“por el Poder Ejecutivo nacional, con acuerdo del Senado, a partir de una lista
de candidatos elaborada por la Cámara Nacional Electoral”.
Por su parte, el diputado Pablo Tonelli expresó que
"es necesario establecer un nuevo régimen de subrogancias", y
detalló que el proyecto "prevé la subrogancia en
todos los órganos jurisdiccionales, incluso la Corte Suprema, cosa que no
ocurría en los demás proyectos".
La iniciativa tiene la particularidad de establecer las
pautas para los casos de recusación, excusación, vacancia o licencia de alguno
de los miembros la Corte Suprema de Justicia de la Nación. "Se
integrará, hasta el número legal para fallar, mediante sorteo entre los
presidentes de las cámaras nacionales de apelación en lo federal de la Capital
Federal y los de las cámaras federales con asiento en las provincias”.
Fuente: http://www.diariojudicial.com/nota/73854/noticias/ley-de-subrogancias-y-ahora-que.html