La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal falló a
favor del Club River Plate y rechazó la demanda de un hombre para que no se
aplique el derecho de admisión y se permita su ingreso al estadio.
En los autos "V. V. A. c/ Club Atlético River Plate s/
amparo Ley 16.986", Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso
Administrativo Federal falló a favor del Club River Plate y rechazó la demanda
de un hombre para que no se aplique el derecho de admisión y se permita su
ingreso al estadio.
El demandante, que tiene el acceso restringido porque fue
condenado por robo, solicitó que se autorice su ingreso al estadio de fútbol
Antonio Vespucio Liberti (Monumental) y, también, se disponga el retiro
definitivo de su nombre de la lista de restricciones de ingreso a eventos de
fútbol.
Asimismo, el hombre expresó que su prohibición se debe
exclusivamente a sus antecedentes penales y lo consideró discriminatorio.
Por su parte, los miembros del Tribunal no hicieron lugar a
sus argumentos y tuvieron en cuenta el Reglamento de Prevención contra la
Violencia en Espectáculos Futbolísticos, mediante el cual los clubes deben
arbitrar los medios necesarios a fin de evitar el acceso al estadio de las
personas con restricción de acceso informadas por Dirección Nacional de
Seguridad en Espectáculos Futbolísticos.
Los magistrados explicaron que el Derecho de Admisión y
Permanencia “es el derecho en virtud del cual, la persona titular del
establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a
terceros de dichos lugares" y, en este caso en particular, desde River
informaron que, luego de evaluar el pedido del hombre, determinaron que no
podía ser admitido en los espectáculos deportivos del Monumental.
En esa línea, los camaristas consideraron que "no se
aprecia, en el limitado marco de conocimiento propio de la acción de amparo, la
arbitrariedad o ilegalidad en el obrar del club demandado", tal como se
agravió el demandante
Fuente: Diario Judicial