A 24 horas de la finalización del plazo, hay 252.000
contribuyentes que pidieron la recategorización. Otros 539.000 contribuyentes
de las categorías F y K ratificaron su condición actual. El cronograma.
La cuenta regresiva para los cambios en el Monotributo
tendrá mañana un primer hito: vencerá el plazo para la recategorización anual
obligatoria. Hasta anoche, sobre un total de casi 3 millones de inscriptos,
habían ingresado a la página de la AFIP por este trámite 791.000
contribuyentes, de los cuales sólo 252.000 cambió de categoría, algo menos del
10% del total. Los restantes 539.000 ratificaron su categoría actual, informó el sitio Ámbito Financiero.
El vencimiento de mañana incluye a todas las categorías para
el caso de quienes deben cambiar de franja. En cambio, es sólo para las
categorías de la F a la K para quienes ratifiquen su inscripción.
Los monotributistas comenzaron a recibir en las últimas semanas
correos electrónicos de la AFIP recordándoles el calendario. Pero también para
demostrarles cuál es la información que tiene el organismo sobre los consumos
registrados mediante tarjetas de crédito. Allí -dentro del micrositio
Monotributo/Mi categoría- figura además la cifra facturada por el
contribuyente. Del contraste entre ambas cifras -gastos e ingresos- surgen los
posibles desvíos que la AFIP tomará en cuenta para recategorizar de oficio a
quien no lo haga voluntariamente en caso de que haya inconsistencias.
Los que quedarán más expuestos a la lupa de los recaudadores
serán los llamados "monotributistas puros". Estos son aquellos que
sólo aportan en el régimen simplificado y no figuran a la vez como trabajadores
en relación de dependencia.
Sobre esta franja recaerá el cruce de datos para detectar si
el desvío se transforma en una inconsistencia formal y que podría determinar el
bloqueo de la cuenta. De todos modos, el monotributista afectado contará con un
plazo de 15 días para justificar su situación y evitar sanciones.
Por el momento, quienes vean que la AFIP tiene sus datos
sobre consumos con tarjeta de crédito no significa que entren automáticamente
en infracción. La información pretende ser solamente "inductiva" para
que el monotributista sepa en qué situación encuadra. Se trata de los llamados
"desvíos no bloqueantes", que también incluyen la existencia de
talonarios de facturas no autorizados, falta de domicilio fiscal electrónico.
En cambio, puede ser "bloqueante" de la inscripción haber incluido un
código de actividad erróneo. Por ejemplo, dedicarse a la venta de bienes cuando
se encuentra en una actividad de prestación de servicios.
De todos modos, el solo dato del consumo con tarjeta de
crédito no indica inconsistencia. Esto se debe a que la AFIP tiene información
sobre el monto global consumido con tarjeta que le informan los bancos y los
emisores de los plásticos. Pero no cuenta con información detallada sobre qué
consumos se pagaron con la tarjeta. Así, puede suceder que alguien sea titular
de una tarjeta y de adicionales que son pagadas por familiares con ingresos
propios. Esto puede ser un descargo a la hora de justificar algún desfase entre
gastos y facturación.
La AFIP también maneja información sobre comprobantes
electrónicos generados por compras que el contribuyente realizó a través de
internet. Desde una entrada de cine a la compra de un electrodoméstico, se
genera automáticamente una factura electrónica que también es detectada por el
organismo recaudador. Pero lo que puede suceder es que el importe de ese
comprobante esté dentro del gasto global de la tarjeta y quede duplicado su
cómputo.
El calendario para la recategorización anual obligatoria
continuará en octubre. Entre el 1 y el 20 del mes próximo regirá el plazo para
que los que revistan en las categorías D y E confirmen su categoría. Entre los
mismos días de noviembre podrán hacer el trámite las categorías B y C. Y por
último, entre el 1 y el 20 de diciembre será el turno para que los inscriptos
en la categoría A ratifiquen su condición. Pero mañana vence el plazo para
cambiar de categoría para todos los inscriptos, sean de la categoría que sea.
Fuente: Ambito Financiero