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Robles Levín: La responsabilidad contractual y extracontractual legislada en el Código Civil

Robles Levín: La responsabilidad contractual y extracontractual legislada en el Código Civil

El abogado Robles Levín, docente de la cátedra de Transporte de la Facultad de Derecho de la UNT,  habló de la responsabilidad contractual y extracontractual legislada en el nuevo Código Civil y Comercial

El especialista en daños, recordó la obra del Código Civil de Vélez Sarsfield, que rigió hasta agosto del 2015: “el modelo francés consagraba una división entre el modelo contractual y extracontractual, pero a medida que el derecho de daños avanzó, factores objetivos de importación y responsabilidad del dependiente, esto tuvo un gran desarrollo que no se exhibía desde el punto de vista contractual. Vélez decía que todo se originaba desde un contrato y el resarcimiento tenía consecuencias mediatas e inmediatas”.

Además, declaró que hoy se unifica las consecuencias entre la estructura del contrato con el hecho ilícito. “Esto no implica que haya una homogeneidad,  sino que se somete lo acordado a las mismas reglas”, contó.  

La regulación de la responsabilidad se deriva del incumplimiento de una obligación que requiere tener en cuenta algunas especificidades que resulta de un acuerdo entre el acreedor y el deudor, explicó Robles Levín.

El abogado finalizó al sostener que el artículo 1716 del CC viene a unificar la responsabilidad civil contractual y extracontractual, dando lugar a la reparación del daño causado. “La responsabilidad se rige por las mismas reglas”, concluyó.  

 



Fuente: Abogados Tucumán