La Cámara Civil falló a favor de una maquilladora que
denunció a una diseñadora por utilizar imágenes con su trabajo para promocionar
un desfile y no colocar su nombre como autora.
En los autos "M. M. d. C. c/ H. A. R. s/ daños y
perjuicios", la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó a una
diseñadora por utilizar fotos para promocionar un desfile y omitir el nombre de
la maquilladora que fue parte de la producción de esas imágenes.
La maquilladora demandó por daños y perjuicios a la
diseñadora y explicó que las fotos fueron parte de una producción de una
revista con un fin diferente a la promoción del desfile de la demandada.
Los miembros del Tribunal le dieron la razón a la demandante
y explicaron que la diseñadora incumplió la ley de defensa del consumidor al
informar erróneamente quien era la maquilladora.
En esa línea, los jueces añadieron que la reproducción de
las fotos con otro fin debió consignar con precisión quienes habían colaborado
con ella en esa anterior oportunidad, "máxime cuando la actora pagó a la
revista en lo referente a esa producción, para participar de ella y consecuentemente
se incluyera su nombre como maquilladora".
"Si se agradece a quién maquilló en el desfile a las
modelos, igual debe acontecer con aquellos que participaron de la producción de
fotos en otra ocasión, utilizándolas para hacer propaganda de sus propios
diseños, ya que la nota en agradecimiento” que ilustra la publicación gráfica
busca no sólo mostrar quién hizo el maquillaje, sino su habilidad para
desarrollarlo, con el fin de lograr publicidad de su trabajo y reconocimiento a
sus condiciones para hacerlo", resaltaron los magistrados.
Para la Justicia a diseñadora incumplió la ley de defensa
del consumidor al informar erróneamente quien era la maquilladora.
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron condenar a
la diseñadora demandada a abonar la suma de $100.000 a la maquilladora en
concepto de daño moral y lucro cesante.
Fuente: D