La Cámara Laboral consideró injustificado el despido
indirecto en el que se colocó una mujer por no haber enviado una previa
intimación para hacer cesar los maltratos que denunció.
En los autos "V. I. M. c/ Comando de Transportes
Navales s/ despido", la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
consideró injustificado el despido indirecto de una mujer por no haber enviado
una intimación previa para hacer cesar los maltratos que denunció.
Los jueces resaltaron que es injustificado el despido que,
considerando la existencia de una situación de maltrato continuo o mobbing
hacia su persona, disolvió el vínculo sin previamente intimar a la empleadora a
que reviera su conducta, "porque esa decisión no se adecua al principio de
buena fe conforme al cual están obligadas las partes a obrar tanto al celebrar,
ejecutar o extinguir el contrato o relación de trabajo".
Los miembros del Tribunal sostuvieron que al revisar todas
las pruebas de la causa no se encontraron indicios que, “prima facie”, autorice
a presumir que la actora hubiera sido víctima de “mobbing” o de un maltrato
continuo por parte del personal jerárquico de Comando Transporte Navales.
Teniendo en cuenta ello, los magistrados tuvieron en cuenta
la declaración de la demandada, quien expresó que “nunca tomó conocimiento de
maltrato ni acoso ni verbal ni escrito contra la actora" hasta que llegó
la demanda.
A raíz de todas las declaraciones de los empleados de la
empresa, los camaristas concluyeron en que lo expresado por los testigos
tampoco evidencia una violencia psicológica extrema, "ejercida en forma
sistemática y durante un tiempo prolongado", como denunció la mujer.
Por todo lo expuesto, los jueces optaron por confirmar la
sentencia de grado y rechazar la petición de indemnización de la actora.
Fuente: DJ