El magistrado vinculó los procederes de Jiménez, del fiscal Sale, de la
jueza Lenis de Vera y del abogado Robert en el ámbito de una causa que
involucra al ex fiscal Herrera.
Enrique Pedicone no logró que la Cámara de Apelaciones
en lo Penal de Instrucción emitiese sentencia en “Falú”, una de las causas que
implican al ex fiscal Guillermo
Herrera. Pero su voto existe y está en poder de la Corte
Suprema de Justicia de Tucumán desde el martes, y desde ayer al alcance de
todos los letrados por decisión del Colegio de Abogados de la Capital, que se
declaró en sesión permanente. Pedicone dijo en el texto que el titular del
Ministerio Público, Edmundo
Jiménez, pone en riesgo la seguridad del Estado y de la
ciudadanía, y que este está implicado “en un cóctel explosivo” para dejar
impunes los hechos atribuidos a Herrera. Según el vocal, operaron para ese fin
la jueza Mirta Lenis de
Vera; Carlos Sale, fiscal de Cámara, y Tomás
Robert, el letrado que renunció a la defensa de Herrera
para ingresar al Ministerio Público.
El
Consejo Directivo del Colegio expresó que el voto de Pedicone manifestaba el
evidente propósito de asegurar la impunidad a Herrera, a quien había denunciado
por su actuación en “Jorrat”, “Teves-Albarracín”, “Rigourd” y “Valdez”. La
entidad advirtió la “indebida injerencia” de Jiménez para obstruir la
investigación, y solicitó medidas urgentes a la Corte y a Regino Amado, ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, y
una audiencia al vicegobernador Osvaldo
Jaldo.
Pedicone
recordó que Lenis de Vera -está en vías de jubilarse con el beneficio del 82%
móvil- declaró abstracto el requerimiento de investigación jurisdiccional de
Herrera porque este ya no era fiscal (dimitió el 11 de septiembre, cercado por
un sumario administrativo y numerosas denuncias penales) y por, ende, debía ser
investigado como un ciudadano común. En lugar de devolver la causa a Diego López Ávila, fiscal N°4, Lenis de Vera declaró la nulidad de
“partes selectivas” de las medidas que este había instrumentado para comprobar
las denuncias y del requerimiento en sí; además, apartó a López Ávila tal y
como había pedido Robert, y dijo que correspondía que la causa pasase a la
órbita deWashington Navarro Dávila,
fiscal N°5. Según la jueza, el fiscal N°4 se había excedido al investigar a
Herrera, que gozaba de la inmunidad prevista en la Constitución.
Pedicone
advirtió que Lenis de Vera anuló las citaciones a declarar como testigos de los
imputados Jorge Rigourd y
de Roxana Teves que
López Ávila dispuso antes de desglosar las denuncias. “Teves nada tenía que ver
con el caso ‘Falú’ y sí con otra causa que, como es público e incluso consta en
el acta de una auditoría encargada por la Corte, involucra a los propios hijos
del ministro Jiménez (Ana Lucía Jiménez y Edmundo Javier Jiménez)”, consignó. En virtud del testimonio de Teves,
López Ávila ordenó la formación de una nueva causa penal contra los hermanos
Jiménez y el letrado Alfredo
Falú, entre otros, que ingresó a la Fiscalía de Adriana Giannoni.
Como
López Ávila apeló la resolución de Lenis por considerarla arbitraria y
contradictoria, además de capaz de configurar una injusticia evidente, el caso
“Falú” fue elevado al fiscal ante la Cámara de Apelaciones, Alejandro Noguera, quien se excusó de intervenir. “El 18 de
noviembre, el recurso de apelación llega al fiscal de Apelaciones. Con fecha 17
de noviembre, el ministro público decide alterar el sistema de suplencias y
crear uno nuevo con el solo límite de su voluntad (resolución N° 333). Al día
siguiente, estrena el nuevo sistema, y designa al fiscal Sale para que decida
la suerte de la presentación de López Ávila”, precisó Pedicone. Según su voto,
el reemplazante de Noguera dejó de lado los argumentos del apelante y consintió
la sentencia de Lenis de Vera. Es decir, la nulidad de partes de la pesquisa y
del requerimiento de investigación; el apartamiento de López Ávila y el envío
de la causa a Navarro Dávila.
Preguntas retóricas
La intervención de Sale era clave porque, por el artículo 475 del Código
Procesal Penal de Tucumán, si este no sostenía el recurso de apelación -como
ocurrió-, la causa debía volver a Lenis de Vera. Eso es lo que Eudoro Albo, presidente de la Cámara de Apelaciones, dispuso
este lunes, pese a que Pedicone le había formulado la invitación a considerar
su voto, que declara la inconstitucionalidad de oficio del artículo 475;
fulmina el dictamen de Sale; aparta a este y a Lenis de Vera del caso, y remite
el expediente a López Ávila para que prosiga la investigación de Herrera. En
virtud de esta intervención de Pedicone, la tercera vocal, Liliana Vitar, se excusó invocando su carácter de cónyuge de
Navarro Dávila. Frente a la imposibilidad de juzgar, Pedicone pidió que la
Corte tome conocimiento de lo que ocurría arguyendo que la cuestión era de
gravedad. Albo, por su parte, dijo a este diario que no había cauce procesal
para actuar como pretendía su par, con quien no deseaba polemizar.
“Resulta
extraño que el dictamen de Sale no tenga fecha ni lugar”, dijo en su voto
frustrado Pedicone, que llegó a la Cámara en junio -previo concurso público-,
para ocupar la vocalía que había dejado vacante Elva Graciela Jiménez, hermana del ministro público, y ex ministro de
Gobierno y Justicia histórico del alperovichismo (en el pasado, Pedicone se
desempeñó como legislador del PJ e intendente de Monteros). El juez acotó
asimismo que el dictamen estaba “en las antípodas” de la resolución del ex
ministro público Luis De
Mitri (fue
reemplazado por Jiménez en agosto de 2014) que ordenaba que, en caso de duda,
correspondía mantener la acusación. “El Ministerio Público despliega una
actividad que va en contra de los intereses de la sociedad que debería
representar. Lejos de eso, favorece los intereses del acusado Herrera, que es
un ex integrante de esa institución”, opinó.
Pedicone
razonó: “como el dictamen no tiene fecha, sólo podemos inferir que, si ingresó
a la Cámara el 25 de noviembre de 2015 a las 10.28, ¿pudo ser que el fiscal Sale
haya dictaminado como fecha máxima el 24 de noviembre? ¿O antes? Sólo hay dos
certezas: 1) Robert decide dejar la defensa de Herrera para –en principio-
asumir como relator del ministro Jiménez y renuncia justo ese 24 de noviembre a
las 10.20, y 2) posiblemente correspondía avocarse como suplente de la Fiscalía
de Cámara a la fiscala Juana
Prieto de Sólimo, pero el ministro
Jiménez, a último momento, decide alterar el sistema de suplencias y elige a
Sale. Este indicio se corresponde con el texto enmendado con ‘liquid paper’ de
fojas 617 (vuelta) que lleva la firma de María
del Carmen Veiga, secretaria del
Ministerio Público”.
El camarista planteó otros interrogantes: “¿por
qué el ministro Jiménez habría decidido nombrar como relator al defensor de
confianza de Herrera? ¿Por qué decide alterar el sistema de suplencias de
fiscales en una causa con efectos para un ex fiscal y sus propios hijos?”. Y
respondió que la anulación dispuesta por Lenis de Vera no parecía una
casualidad y que los hechos que había descrito no podían prosperar sin un uso
inadecuado de la estructura del Poder Judicial.
Enrique Pedicone, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de
Instrucción, escribió un voto en “Falú”, una de las causas que implican al ex
fiscal N°10, Guillermo Herrera. El magistrado intentó que sus pares, Eudoro Albo y Liliana Vitar, emitiesen una sentencia; como no lo consiguió,
el martes hizo algo inaudito: envió su posición a la Corte Suprema de Justicia
de Tucumán. El texto se difundió con rapidez y causó revuelo en Tribunales.
Pedicone dijo en su voto que el titular del Ministerio Público, Edmundo Jiménez, pone en riesgo la seguridad del Estado y de la
ciudadanía, y que este está implicado “en un cóctel explosivo” para dejar
impunes los hechos atribuidos a Herrera. Según el vocal, operaron para ese fin
la jueza Mirta Lenis de
Vera -está
en vías de jubilarse con el 82% móvil-; Carlos
Sale, fiscal de Cámara, y Tomás Robert, el letrado que renunció a la defensa de Herrera
para ingresar al Ministerio Público.
Pedicone
recordó que Lenis de Vera declaró abstracto el requerimiento de investigación
jurisdiccional de Herrera porque este ya no era fiscal (dimitió el 11 de
septiembre, cercado por un sumario administrativo y numerosas denuncias
penales) y por, ende, debía ser investigado como un ciudadano común. En lugar
de devolver la causa a Diego
López Ávila, fiscal N°4, Lenis de Vera declaró la nulidad de
“partes selectivas” de las medidas que este había instrumentado para comprobar
las denuncias y del requerimiento en sí; además, apartó a López Ávila tal y
como había pedido Robert, y dijo que correspondía que la causa pasase a la
órbita de Washington
Navarro Dávila, fiscal N°5. Según la jueza, el fiscal N°4 se
había excedido al investigar a Herrera, que gozaba de la inmunidad prevista en
la Constitución.
Pedicone
advirtió que Lenis de Vera anuló las citaciones a declarar como testigos de los
imputados Jorge Rigourd y
de Roxana Teves que
López Ávila dispuso antes de desglosar las denuncias. “Teves nada tenía que ver
con el caso ‘Falú’ y sí con otra causa que, como es público e incluso consta en
el acta de una auditoría encargada por la Corte, involucra a los propios hijos
del ministro Jiménez”, consignó. En virtud del testimonio de Teves, López Ávila
ordenó la formación de una nueva causa penal contra los hermanos Jiménez y el
letrado Alfredo Falú, entre otros, que ingresó a la Fiscalía de Adriana Giannoni.
El intríngulis
Como López Ávila apeló la resolución de Lenis por considerarla
arbitraria y contradictoria, además de capaz de configurar una injusticia
evidente, el caso “Falú” fue elevado al fiscal ante la Cámara de Apelaciones, Alejandro Noguera, quien se excusó de intervenir. “El 18 de
noviembre, el recurso de apelación llega al fiscal de Apelaciones. Con fecha 17
de noviembre, el ministro público decide alterar el sistema de suplencias y
crear uno nuevo con el solo límite de su voluntad (resolución N° 333). Al día siguiente,
estrena el nuevo sistema, y designa al fiscal Sale para que decida la suerte de
la presentación de López Ávila”, precisó Pedicone. Según su voto, el
reemplazante de Noguera dejó de lado los argumentos de López Ávila y consintió
la sentencia de Lenis de Vera. Es decir, la nulidad de partes de la pesquisa y
del requerimiento de investigación; el apartamiento del fiscal N°4 y el envío
de la causa a Navarro Dávila.
La
intervención de Sale era clave porque, por el artículo 475 del Código Procesal
Penal de Tucumán, si este no sostenía el recurso de apelación -como ocurrió-,
la causa debía volver a Lenis de Vera. Eso es lo que Albo, presidente de la
Cámara, dispuso este lunes, pese a que Pedicone le había formulado la
invitación a considerar su voto, que declara la inconstitucionalidad de oficio
del artículo 475; fulmina el dictamen de Sale; aparta a este y a Lenis de Vera
del caso, y remite el expediente a López Ávila para que prosiga la
investigación de Herrera. En virtud de esta intervención de Pedicone, la
tercera vocal, Vitar, se excusó invocando su carácter de cónyuge de Navarro
Dávila. Frente a la imposibilidad de juzgar, Pedicone pidió que la Corte tomara
conocimiento de lo que ocurría arguyendo que la cuestión era de gravedad. Albo,
por su parte, dijo a este diario que no había cauce procesal para actuar como
pretendía su par, con quien no deseaba polemizar.
“Resulta
extraño que el dictamen de Sale no tenga fecha ni lugar”, dijo en su voto
frustrado Pedicone, que llegó a la Cámara en junio -previo concurso público-,
para ocupar la vocalía que había dejado vacante Elva Graciela Jiménez, hermana del ministro público, y ex ministro de
Gobierno y Justicia histórico del alperovichismo (en el pasado, Pedicone se
desempeñó como legislador del PJ e intendente de Monteros). El juez acotó
asimismo que el dictamen estaba “en las antípodas” de la resolución del ex
ministro público Luis De
Mitri (fue
reemplazado por Jiménez en agosto de 2014) que ordenaba que, en caso de duda,
correspondía mantener la acusación. “El Ministerio Público despliega una
actividad que va en contra de los intereses de la sociedad que debería
representar. Lejos de eso, favorece los intereses del acusado Herrera, que es
un ex integrante de esa institución”, opinó.
Pedicone
subrayó que Robert había decidido dejar la defensa de Herrera para –en
principio- asumir como relator del ministro Jiménez y renuncia el 24 de
noviembre a las 10.20, un día antes de que el dictamen de Sale ingresara a la
Cámara. “Posiblemente correspondía avocarse como suplente de la Fiscalía de
Cámara a la fiscala Juana
Prieto de Sólimo, pero el ministro
Jiménez, a último momento, decide alterar el sistema de suplencias y elige a
Sale. Este indicio se corresponde con el texto enmendado con ‘liquid paper’ de
fojas 617 (vuelta) que lleva la firma de la secretaria María del Carmen Veiga”, agregó.
El
camarista planteó otros interrogantes: “¿por qué el ministro Jiménez habría
decidido nombrar como relator al defensor de confianza de Herrera? ¿Por qué
alteró el sistema de suplencias de fiscales en una causa con efectos para un ex
fiscal y sus propios hijos?”. Y respondió que la anulación dispuesta por Lenis
de Vera no parecía una casualidad y que los hechos que había descrito no podían
prosperar sin un uso inadecuado de las estructuras del Poder Judicial.
En sesión permanente
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de la Capital decidió ayer
difundir el voto de Pedicone entre sus matriculados y declararse en sesión
permanente. La entidad expresó en un comunicado que el voto de Pedicone
manifestaba el evidente propósito de asegurar la impunidad a Herrera, a quien
había denunciado por su actuación en “Jorrat”, “Teves-Albarracín”, “Rigourd” y
“Valdez”. La entidad advirtió la “indebida injerencia” de Jiménez para obstruir
la investigación, y solicitó medidas urgentes a la Corte y a Regino Amado, ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad, y
una audiencia al vicegobernadorOsvaldo Jaldo.
Fuente: http://www.lagaceta.com.ar/nota/663390/politica/magistrado-cuestiona-proceder-ministro-fiscal.html