La Cámara
Federal de Casación Penal confirmó una condena a siete años de prisión de un
abogado al que se le comprobaron múltiples estafas a sus clientes. Algunas de
las maniobras fueron cobrar indemnizaciones con poderes falsos y cobrar dinero
para la cancelación judicial de una hipoteca que finalmente nunca se pagó.
En uno
de los últimos fallos de 2015, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación
Penal ratificó una condena siete años de prisión a un abogado más una
inhabilitación especial de otros siete años para ejercer la profesión.
Los
jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani, rechazaron el
recurso de casación interpuesto por la defensa del abogado en los autos “S.E.E.
s/ recurso de casación” y de esa manera dejaron firma la sentencia condenatoria
que halló responsable al letrado de 18 delitos.
E que
se encontraron la defraudación por administración fraudulenta, reiterado en
doce oportunidades, estafa procesal, en concurso ideal con uso de documento
público falso, reiterado en dos hechos, estafa en concurso ideal con uso de
documento público falso, reiterado en dos hechos, estafa procesal en grado de
tentativa en concurso ideal con uso de documento privado falso, reiterado en
dos hechos.
En
líneas generales, se aprovechaba de su condición de abogado y engañaba a sus
clientes, tomaba casos, iniciaba los juicios y luego cobraba las
indemnizaciones sin avisarle a sus clientes, pedía dinero de más para el pago
de la tasa de Justicia y se quedaba con el resto.
En
una oportunidad, en un juicio de ejecución hipotecaria, el letrado convenció a
su cliente de que no cancele los pagos en el banco sino que se los de a él,
bajo el pretexto de que iba a depositar el dinero en el juzgado. Por supuesto,
ese dinero nunca se dejó en el expediente. Otro de los delitos que le
comprobaron fue una estafa procesal, ya que en una quiebra utilizó una
escritura de cesión de derechos falsificada para cobrar dinero de una
realización de bienes.
Los
camaristas señalaron que estaba probado a lo largo de todo el expediente el
modus operandi del condenado. “Captaba a sus víctimas que acudían a sus
servicios motivados por un deuda económica y, mediante engaños, lograba que le
entregaran dinero que luego retenía para sí, sin imputarlos al a la cancelación
de la deuda, generando un perjuicio a los intereses de sus clientes que le
habían sido confiados para su representación y defensa”, concluyeron.
La Casación
juzgó que el condenado “actuó en abuso de su profesión de abogado, en forma
dolosa, en perjuicio de los intereses de sus clientes los cuales debía proteger
y cuidar conforme su deber profesional y, asimismo, que este incumplimiento en
sus deberes estuvo motivado en su exclusivo beneficio personal”.
"Esta
relación directa entre su profesión de abogado como medio para cometer los
delitos es la que justifica la imposición de la pena de inhabilitación",
sentenció la Alzada.
Fuente: http://www.diariojudicial.com/nota/74189/penal/profesional-del-derecho-y-del-delito.html