Para la Corte Suprema, la ley no establece un número mínimo
de prácticas, pór lo que las prepagas deberán cubrir las que sean necesarias
Un fallo de la Corte Suprema determinó que el IOSE deberá
dar cobertura integral del tratamiento de alta complejidad, incluyendo el 100%
de los procedimientos y la criopreservación de embriones, según lo prescripto
por el médico tratante, hasta la consecución del embarazo.
Se aclara que para este caso no se pudo invocar la
resolución del Ministerio de Salud de la Nación 1-E/2017 que estableció los
alcances de la cobertura y un máximo de tres tratamientos de reproducción
asistida de alta complejidad a los cuales cada paciente tiene derecho, dado que
su fecha de emisión fue posterior al inicio de este caso.
Con la sanción de la ley 26.862 en 2013, la Superintendencia
de Servicios de Salud (SSS) incorporaba los tratamientos de Reproducción
Asistida al Sistema Único de Reintegros (SUR) en razón al alto costo que
demandan las prestaciones de los tratamientos, contribuyendo a su
financiamiento con el objetivo de asegurar su accesibilidad a los
beneficiarios. Es decir, el SUR es el responsable de reintegrarle un porcentaje
del dinero de cada tratamiento a las obras sociales y entidades de medicina
prepaga.
Fernando Neupiller, director de IVI Buenos Aires, firma
especialista en medicina reproductiva, le dijo al periódico El Cronista
Comercial lo que implica para el sector: "El principal afectado es el
sistema de salud nacional que se verá perjudicado, dado que ahora los pacientes
tendrán un número ilimitado de intentos cubiertos hasta obtener la cantidad de
recién nacidos que la pareja desee. En un país como el nuestro, en vías de
desarrollo donde según datos del Indec existe un 27% de pobreza, y los
hospitales públicos se encuentran en condiciones deplorables, no pareciera ser
lógico destinar tanto dinero del SUR a los tratamientos de reproducción
asistida".
Según el médico, en los países en los cuales los precios de
la medicina están regulados, los sistemas de salud se ven deteriorados. Esta
realidad, que también ocurre en la Argentina, junto con el fallo de la Corte
Suprema, afecta en gran medida a los centros de reproducción asistida que, para
obtener los mejores resultados clínicos, deben recurrir a tecnología de última
generación e insumos, que en su mayoría son importados.
Sobre cómo viene evolucionando el tema de la fertilización
desde los recientes cambios de la Ley en cuanto a la limitación de la edad y la
cobertura al 100%, el especialista es contundente: "Creo que el límite de
los 44 años en tratamientos con óvulos propios no es el adecuado. A esa edad,
el 98 % de sus óvulos son genéticamente anormales, no tienen el número correcto
de cromosomas. Esto conlleva a que la probabilidad de nacido vivo por intento
sea de alrededor del 3%. De manera que, el Estado, las obras sociales y
prepagas seguirían haciéndose cargo de tratamientos en pacientes que
prácticamente no tienen posibilidad de concebir con sus propios óvulos".
Fuente: Abogados Tucumán