Un Diputado Nacional presentó una
iniciativa para que las sucesiones dejen de judicializarse y no intervengan más
los abogados. Enterados, los letrados le salieron al cruce: entidades
profesionales repudiaron el proyecto y declararon persona no grata al
legislador, que también es abogado. Los detalles.
La comunicación vía Twitter de
una iniciativa para bajar los costos de las sucesiones generó un efecto
colateral al diputado Leandro López: que pasó de divulgar un proyecto para
"abaratar" el costo de las sucesiones a recibir todo tipo de críticas
por parte de los abogados, quienes se sintieron afectados por la propuesta,, ya
que directamente los excluye de poder tramitarlas.
El pasado 13 de mayo, a través de
su cuenta de Twitter @lopezleandrog, este abogado y diputado nacional (Pro) por
la provincia de Neuquén, publicó un mensaje con un título llamativo:
"SUCESIONES SIN ABOGADOS NI JUECES".
En la red social del pajarito
Lopez anunció la presentación de un proyecto de Ley "para que podamos
hacer sucesión en escribano, más barato (2% valor de bienes) más rápido, y
sacando trabajo a tribunales". Debajo, un video explicativo, en el que el
legislador relata las "peripecias" que deben atravesar los familiares
de un fallecido para contar con su herencia.
"Tienen que ir a un abogado,
pagar honorarios judiciales, iniciar un trámite ante un juez", explicó
López, para quien todo eso "lleva tiempo y dinero". La propuesta para
modificar esa dinámica es directamente excluir del ámbito judicial el derecho
sucesorio y dejarlo en poder de los escribanos. El objetivo: "hacerlo más
barato y más rápido", aseguró. Para cumplir la primera meta, el proyecto
establece un monto máximo de honorarios del 2% del valor de plaza de los bienes
en juego, para la segunda, determinados plazos que no pasan de los 45 dias.
Qué dice el proyecto
Diario Judicial analizó el
proyecto, que establece que la declaratoria de herederos "se obtiene
mediante acta notarial de notoriedad extendida en protocolo", por parte
del escribano del último domicilio del difunto, y da a los herederos y
legatarios la positbilidad de "optar por la vía notarial o por la vía
judicial". En caso de optar por la notarial, el escribano deberá comunicar
el inicio del proceso al colegio al que pertenezca.
A partir de allí, hay un periodo
de diligencias de 45 días en el que se produciría la prueba, allí los herederos
deberán acreditar el fallecimiento del causante con el certificado de
defunción, b) el vínculo de parentesco invocado con la documentación que
corresponda, incluso de aquellos posibles herederos que no hayan requerido el
acta notarial. c) cuando conozca; la existencia de testamento.
Finalizado ese periodo, se llega
al "juicio de notoriedad" , en el que el escribano "debe dejar
constancia si están o no acreditados por notoriedad los hechos en que se funda
la determinación de herederos o la aprobación formal del testamento y debe
notificar el resultado al Registro dependiente del Colegio de Escribanos de su
jurisdicción".
Reacciones
La propuesta generó revuelo en
las redes, Jorge Rizzo, cuatro veces presidente del Colegio Público de Abogados
de la Capital Federal fulminó vía Twitter la iniciativa de López y llamó a las
distintas colegiaturas a declarar persona no grata al diputado neuquino. Tras
Rizzo, varios profesionales del derecho comenzaron con los "dardos
twitteros" a cuestionar los alcances del proyecto. Muchos de ellos
abogados que ejercen la profesión de manera independiente. Un gran porcentaje
de los mismos lo hace tramitando sucesiones.
Tras ello, se publicó un duro
comunicado en la página del CPACF, bajo el título "la Prvatización del
Derecho Sucesorio", en donde la entidad presidida por Eduardo Awad expresó
su preocupación por el proyecto, que se funda en argumentos "pueriles,
falsos y efectistas que atentan gravemente contra el orden constitucional toda
vez que la sucesión, en cualquiera de sus casos, es un acto de jurisdicción
emanado de un tercero imparcial que resulta ser el juez natural".
"Otorgar a los escribanos el
poder de jurisdicción reservado a los jueces, quienes lo obtienen a través de
los mecanismos previstos en la Carta Magna, es un acto de violencia
constitucional inadmisible en un Estado de Derecho", denuncia el Colegio,
que nuclea a más de 100.000 profesionales del derecho.
"La privatización intentada
no puede prosperar sin la modificación de la ley del Registro de la Propiedad
Inmueble N° 17.801, a lo cual sólo cabe esperar que el siguiente paso sea la
privatización completa del sistema registral, aspecto sólo compatible con el
esquema del “common law”, evitando así la publicidad de los actos
jurisdiccionales", denunciaron desde el CPACF, que declaró persona
"no grata" al diputado.
En la misma sintonía, el Colegio
de Abogados de San Isidro elaboró una serie de impugnaciones al proyecto, entre
las que se destacan que "La sucesión ab intestato o bien la testamentaria
no es un mero trámite, sino que se trata de un acto jurisdiccional por el cual
se declaran herederos en la denominada declaratoria de herederos, o bien en la
aprobación del testamento".
Desde la entidad agregaron
también que "la sustitución de tal acto jurisdiccional en funcionarios que
constituye la fe pública, no es constitucional", y apuntaron que "así
como el juez no es un mero fedatario, el notario no ejerce la
jurisdicción".
Por último, y en relación al
principal argumento en pos de quitar del Poder Judicial el trámite sucesorio,
que es la disminución de costos, el CASI puso de resalto que el trámite
"se encarece por la tasa de justicia, que es menor a la gabela establecido
en la iniciativa conocida del 2% a favor del escribano".
Además, sugirió que si hay un
conflicto entre herederos hay que pagarle al escribano y luego recurrir a la
justicia, lo que devengará nuevos gastos; y que a ese 2% de monto como tope
"deberá agregarse los costos impositivos por la intervención notarial y
los previsionales"
Fuente: Diariojudicial.com