Es el valor que estimó la UART
por el exceso de litigiosidad, y la sobreestimación de los daños reales que
puede haber sufrido un trabajador. Preocupación en Industriales Pymes
Argentinos. Reclaman mejores regulaciones contra la discrecionalidad de los
peritos
Una de las grandes asignaturas
pendientes que tiene la Argentina y que atenta contra el desarrollo del mercado
de trabajo, porque desincentiva a las inversiones productivas en general, es la
modernización de la legislación laboral; y también la regulación de la
discrecionalidad de los peritos judiciales para determinar beneficios
injustificables para unos, en detrimento de otros.
De ahí que más allá de que en una
coyuntura que lentamente se fue transformando en un problema estructural, como
es el estancamiento de la actividad agregada, y consecuentemente del empleo, no
se han generado las condiciones para revertir el cuadro y alentar la inversión
productiva.
Cada vez más resulta evidente que
es necesario no sólo mejores leyes laborales para adaptarlas al tiempo moderno,
y contribuir a la generación de puestos de trabajo, sino también regulaciones a
la determinación de los honorarios del sistema judicial, en particular los
vinculados con lo comercial, porque parecen más guiados por el valor estimados
de las empresas que por el perjuicio que pudiere haber provocado.
Si bien no se observa un común
denominador, y siempre estás las excepciones que justifican la regla, tanto en
la Unión de Aseguradoras del Riesgo del Trabajo, como en IPA, Industriales
Pymes Argentinos, persiste una notable preocupación por el sobrecosto al que
las somete la denominada "industria del juicio", que en el caso de
los accidentes laborales se estima en unos USD 5.000 millones, pese a los
probados índices de disminución de la siniestralidad y extensión de las
coberturas a las empresas y sus trabajadores.
La UART resalta en un informe
distribuido a la prensa: "la reforma de la Ley sobre Riesgos del Trabajo
(Ley 27.348) introdujo nuevas herramientas para combatir ese flagelo, como así
también contribuyó a poner el foco en absurdos periciales y decisiones
judiciales arbitrarias. Como todo cambio, sus resultados no se observan de
inmediato y en el inicio conviven los aspectos virtuosos, representados por la
ostensible caída de las demandas, por el acompañamiento judicial y el de las
provincias, con aquellos negativos que se pretende desterrar".
Ejemplos de exceso de valuación
de daños
Así, por un lado observa: "7
salas de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, avalaron en respectivos
fallos la competencia de las Comisiones Médicas y 8 salas se expidieron
favorablemente en la aplicación del Baremo; y la Corte Suprema de Justicia de
la Provincia de Buenos Aires anuló por arbitrario el fallo de la Cámara
Nacional del Trabajo que multiplicó por 10, sin razones jurídicas el monto de
la demanda por accidente laboral que un empleado, le reclamaba a su
empleador".
Pero, por el otro, resalta
"el disparate": "lo burdo de algunos fraudes intentados que
finalmente terminan desprotegiendo a los defendidos, con falsificaciones de
firmas en fallos sobre accidente de trabajo, al punto que se llegó a declarar
inexistente el acto jurídico de demanda".
Y alerta la UART: "los
desvíos respecto de la tabla de medición de incapacidades, Baremo,
representarían un adicional de USD 5.000 millones respecto de los valores
tarifados por las ART".
La UART menciona el caso de
"un perito médico judicial que otorgó 60% de incapacidad por estrés post
traumático y 10% de incapacidad por secuelas de orden físico a un trabajador
que regresando a su domicilio sufrió un esguince de tobillo".
En otro caso, "un perito
médico judicial determina 12,6% de incapacidad física, en tanto que el perito
psicológico una incapacidad del 35% para un trabajador que desempeñándose como
chofer, tiene un accidente bajando las escaleras y cae sentado".
Severa preocupación entre las
pymes
Los Industriales Pymes Argentinos
(IPA) se sumaron a las preocupaciones de la UART y elaboraron un informe que en
revelan: "el objetivo de reducción de accidentes laborales se cumplió con
creces (entre 1997 y 2017 los accidentes en la industria se redujeron 36% y las
muertes cayeron 58%), pero los juicios contra las ART y los empleadores
asegurados se multiplicaron astronómicamente. Floreció una 'industria del
juicio' con ingresos anuales cifrados en miles de millones de dólares, a
expensas de las empresas argentinas y de los puestos de trabajo de los
argentinos".
El documento muestra: "entre
2010 y 2018 se acumularon más de 224 mil demandas contra unas 52 mil empresas
industriales, y cerca de la mitad de esos juicios ya tuvieron sentencia, con
montos que superan frecuentemente los 2 millones de pesos".
Y agrega en el informe especial
de IPA sobre "la amenaza de los juicios por responsabilidad civil
solidaria con las ART": "el
fenómeno no sólo afecta a las empresas, sino también a los trabajadores, porque
la 'industria del juicio' pone en riesgo la vida de miles de empresas y de
decenas de miles puestos de trabajo. Además, la alta probabilidad de enfrentar
un juicio desalienta la contratación de empleados".
De ahí que en el tercer año de la
Reforma de la Ley de ART de 1997, la Unión de Empresas Aseguradoras del Riesgo
del Trabajo considera: "imperioso impulsar la conformación de los Cuerpos
Médicos Forenses, integrados por peritos llamados por concurso, cuyos
honorarios estén desacoplados del monto de la demanda".
Fuente: Infobae