Gracias a un recurso
de hábeas data, la justicia de Río Negro logró que Rentas deje de
reclamarle una deuda a un contribuyente. La empresa apareciendo como
deudora del Impuesto Automotor por una camioneta que había vendido en
2013.
La titular del Juzgado Civil N° 9
de Gral. Roca hizo lugar a la acción de hábeas data que interpuso un empresario
de esa ciudad y ordenó a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro que
modifique los registros incorrectos en los que su compañía figuraba como
deudora de impuestos.
El responsable de la empresa
interpuso la acción por seguir figurando como deudores del Impuesto Automotor
por una camioneta que habían vendido en 2013. Aquella operación fue informada
mediante Denuncia de Venta en el Registro de la Propiedad del Automotor N°1 de
Roca, pero Rentas no actualizó su base de datos y mantuvo a la firma como
titular contribuyente por el vehículo
La jueza solicitó un informe al
ente recaudador, del cual surge que la empresa está al día con Ingresos Brutos
y con todos los impuestos relativos a los demás vehículos que utiliza.
La magistrada explicó que al
figurar la compañía como deudora, se le impide acceder a múltiples beneficios
que poseen los contribuyentes cumplidores, privándola de las bonificaciones en
los impuestos del automotor, inmobiliario e ingresos brutos y quitándole la
posibilidad de ser proveedora del Estado.
Al respecto, agregó que el
artículo 20 de la Constitución Provincial garantiza la intimidad de las
personas y ordena que “el uso de la información de toda índole o categoría,
almacenada, procesada o distribuida a través de cualquier medio físico o
electrónico, debe respetar el honor, la privacidad y el goce completo de los
derechos”.
Río Negro tiene, además, una ley
especial (Ley N° 3.246) que rige desde 1998 y brinda la herramienta del hábeas
data a toda persona física o jurídica a la que “se le niegue el derecho a
conocer gratuita e inmediatamente” los datos sobre ella y sobre sus bienes que
consten en registros públicos o privados, y el derecho a “exigir su supresión,
rectificación, confidencialidad o actualización” en caso de existir datos
falsos o discriminatorios.
La parte denunciante declaró
que presentó la denuncia luego de numerosos reclamos verbales y un pedido
administrativo formal que esperó durante meses.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/84144/civil/datos-mata-reclamo.html