En el
marco de un sumario abierto para evaluar si dos docentes cumplieron con el
protocolo para proteger a un alumno que murió por una brutal golpiza, la
Justicia porteña hizo lugar a la medida cautelar solicitada para
que se reincorpore a una maestra de sala y la directora del establecimiento a
sus tareas habituales.
En los
autos “V. E. H. y otros conta GCBA sobre amparo”, el
Juzgado N° 12 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de
Buenos Aires hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la actora y,
en consecuencia, ordenó al Gobierno la suspensión provisoria de los
efectos del art. 2 de la Resolución N° 2372-MEGC-2015, mediante la cual se
dispuso que, mientras se instruye el sumario a las trabajadoras docentes, sean
separadas de sus cargos.
A través
de la Resolución N° 2372-MEGC-2015 se resolvió "instruir sumario
administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades
a que hubiere lugar respecto de la presunta omisión por parte de las docentes
de desplegar acciones y/o medidas necesarias con el objeto de proteger el
interés superior del niño A.N.M". En su artículo 2°, se dispuso por
aplicación de la reglamentación del artículo 39 in fine del Estatuto del
Docente "la reubicación transitoria de las docentes hasta el cierre
definitivo del sumario sin que ello implique prejuzgamiento alguno en su
contra".
En este
marco, las docentes relataron que "una vez iniciadas las clases,
recibieron al nuevo alumno en la sala de 5 años y que la integración fue muy
buena sin que se evidenciara ningún signo de alarma sobre el menor". Así,
señalaron que "el niño asistió irregularmente al jardín durante los
meses de abril y mayo debido a episodios de broncoespasmos contando con los
certificados médicos a solicitud de las maestras", y agregaron: "Los
relatos de la madre fueron coherentes y corroborados por el niño".
Luego,
manifestaron que "se enteraron en la escuela del fallecimiento del menor,
aparentemente por golpes ejercidos por su padrastro". En este contexto,
el Ministerio de Educación les solicitó toda la información relativa al
alumno y, en consecuencia, explicaron que "enviaron los certificados
médicos con alta presentados por la madre del menor por pedido de la escuela
como así también actas de entrevistas familiares, entre otra
documentación".
En cuanto
al sumario administrativo iniciado, consignaron que "se ven privadas de
ejercer la actividad que le son propias, o sea, dictar clases y dirigir la
escuela ya que adolece de severas irregularidades, carece de elemental sustento
y son meras afirmaciones desprovistas de prueba y análisis técnico
básico". Y agregaron: "De los hechos acaecidos no se vislumbran
omisiones de su parte ni falta de cumplimiento de los deberes legales ni
reglamentarios que puedan dar lugar a la investigación sumarial".
Por su
parte, los padres de los menores expresaron que "el acto
administrativo dispuso la separación de los cargos de las maestras ocasiona
grave perjuicio a los niños toda vez que atiende intereses ajenos a la
educación y a los derechos de infancia".
Luego de
analizar la Resolución N° 2372-2015, la jueza aseveró que "no se
advertiría prima facie la existencia de fundamentos suficientes que expliquen
los motivos por los cuales fueron apartadas de los cargos en los que se
desempeñaban, como así tampoco, las causas que el Sr. Ministro tuvo en cuenta
para entender que la permanencia de las docentes en sus respectivos cargos
resultara inconveniente".
"La
verosimilitud de derecho aparece configurada por la carencia de fundamentos
para disponer el apartamiento del cargo, en tanto que el peligro en la demora
surge por la privación a las docentes del desempeño de sus cargos naturales. Al
respecto, es del caso señalar que si el fundamento del apartamiento del cargo
fuera la omisión en el deber de custodia o resguardo de los menores, la
suscripta no alcanza a entender por qué la destinaron a otro jardín de infantes
a la actora y a tareas de Supervisión a la actora", concluyó el
fallo.
Fuente: http://www.diariojudicial.com/nota/74446/contencioso-administrativo/de-vuelta-al-cole.html