La Corte Suprema de Justicia dispuso una prórroga del asueto
extraordinario por razones sanitarias hasta el próximo 17 de mayo inclusive.
Por Acordada N°270/20 del sábado 9 de mayo de 2020, la
Corte Suprema de Justicia resolvió lo siguiente:
I-PRORROGAR el asueto extraordinario por razones sanitarias
desde el 11/5/20 hasta el 17/5/20 inclusive, con suspensión de plazos procesales
y administrativos en los términos y alcances considerados (los cuales se
encuentran detallados en Acordada N° 270/20).
II.- DISPONER la reapertura progresiva de la prestación del
servicio de justicia con modalidad mixta, presencial y remota, a partir del 18
de mayo del corriente, en todas las instancias y fueros, y respecto de todas
las causas en trámite y a tramitarse, de acuerdo a lo considerado.
III.- INSTRUIR a las áreas administrativas y técnicas
competentes para la implementación de todas las medidas sanitarias y de
prevención, como así también las de organización del personal del Poder
Judicial, y el sistema de ingreso y circulación en los edificios, que resulten
necesarias para la reapertura progresiva de la prestación del servicio de justicia
con la modalidad mixta, presencial y remota, indicada en el punto precedente,
de conformidad a lo considerado.
IV.- AFECTAR desde el 11/5/2020 al 17/5/2020 a los/as
magistrados/as y/o tribunal según corresponda por cada fuero e instancia,
funcionarios/as y empleados/as, conforme se consigna en el anexo de esta
acordada, con atención en horario restringido de 8 a 12 horas, quienes
entenderán en aquellas cuestiones urgentes y/o impostergables que ingresen y
den origen a un nuevo expediente; como
también en las cuestiones urgentes de causas en trámite en los que el
magistrado/a y/o tribunal competente pertenezca a un grupo de riesgo y la
cuestión requiera de la actuación presencial en la sede del Poder
Judicial, o en caso de vacancia o
licencia prolongada del/la titular del juzgado y/o tribunal con competencia
funcional. En todos los casos, conforme a las modalidades de trabajo
establecidas en los acuerdos y resoluciones mencionados, y con los alcances
considerados.
V.- DISPONER que durante el mismo período señalado en el
punto anterior, todo el personal del Poder Judicial se encontrará disponible a
las necesidades del servicio y a la eventualidad de su convocatoria, por parte
del magistrado/a y/o jefe/a de oficina correspondiente, para prestar servicio de
manera remota, o presencial en casos de necesidad con la excepción de aquellas
personas que se encuentren dentro de los grupos de riesgo.
VI.- TENER PRESENTE que la suspensión de los plazos
procesales y administrativos también alcanza a las medidas cautelares de
protección de personas (mayores de edad, protección de niños, niñas y/o
adolescentes, personas con discapacidad, etc.) y víctimas de violencia familiar
y/o de género, dictadas judicialmente en causas en trámite, extendiéndose así
su vigencia hasta el 17/5/2020 y/o hasta que la situación de aislamiento
social, preventivo y obligatorio cese, en todas las causas en trámite en el
ámbito del Poder Judicial de Tucumán, salvo que el magistrado interviniente
tome otra decisión en el caso concreto.
VII.- INVITAR al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio
Pupilar y de la Defensa a adoptar las medidas que estime pertinentes, en
función de los lineamientos aquí establecidos y en un marco de criterios
comunes de aplicación.
VIII.- DISPONER la inmediata publicación y difusión de esta
acordada a través de la Dirección de Comunicación Pública y de los medios de
comunicación a nivel de provincial.
La acordada referida, con anexo del personal afectado entre
el 11/5/20 y el 17/5/20 inclusive, puede consultarse aquí.
Fuente: https://www1.justucuman.gov.ar/direccion-comunicacion/noticia/asueto-extraordinario-covid-19