El Juzgado N° 2 Civil y Comercial de la ciudad de La Plata,
a cargo de Vicente Santos Atela, ordenó de manera cautelar el congelamiento de
la cuota de un crédito hipotecario UVA por la compra de una vivienda única
familiar.
El juez fundó su sentencia en la afección a los derechos
humanos y particularmente los derechos económicos de la actora, y la motivó en
la Ley de Defensa al Consumidor y como en la Comunicación del Banco Central de
la República Argentina "A" 6884 que limita el monto de las cuotas de
los crédito UVA a un máximo del 35 % de los ingresos mensuales de los deudores.
Además subrayó que en el caso particular la beneficiaria
hipotecaria al momento de celebrar el contrato de mutuo, el crédito afectaba el
25 % de su salario, y actualmente compromete el 70% del mismo, tornando la
situación de extrema gravedad dónde no puede cubrir las necesidades básicas y
esenciales.
Accedé al Fallo
Fuente: http://palabrasdelderecho.com.ar/articulo.php?id=1457