Por medio de la Acordada 17/2020, el
Máximo Tribunal de Justicia, integrado
por Carlos Fernando Rosenkrantz, Elena Highton, Ricardo Luis Lorenzetti y
Horacio Rosatti, resolvió levantar la
feria judicial extraordinaria en las jurisdicciones de Santa Cruz, Tucumán,
Mendoza, Corrientes y Córdoba.
La medida se adoptó ante el pedido de
las Cámaras Federales de esas circunscripciones, que evaluaron el cumplimiento
de las condiciones y requisitos necesarios para disponer el levantamiento de la
feria extraordinaria, respecto de su jurisdicción o de alguno de sus
tribunales; y, en consecuencia, han formulado el respectivo pedido a esta Corte
De esta forma, la Corte estableció en
la resolución que respecto de las jurisdicciones en las que la medida que se
dispone incluya exclusivamente a
juzgados y no a la cámara, el levantamiento de la feria abarcará, en materia
recursiva, la actuación que se cumpla en primera instancia. A tal efecto, la
cámara respectiva dispondrá lo que estime pertinente respecto del tratamiento y
resolución de todos los recursos que se interpongan, o que estuvieren en curso.
La Acordada también establece mantener
las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y
empleados que Corte Suprema de Justicia de la Nación integren los grupos de
riesgo mencionados en el punto resolutivo 5° de la acordada 4/2020
En Corrientes, la CSJN estableció que
se levante la feria judicial en la totalidad de los juzgados federales de la
jurisdicción de Corrientes; en Tucumán, la medida alcanzará la Cámara Federal
de Apelaciones de Tucumán, y la totalidad de los juzgados federales de la
jurisdicción
Por su parte en Comodoro Rivadavia, el
levantamiento será para la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia,
el Juzgado Federal de Esquel, el Juzgado Federal de Río Grande, Juzgado Federal
de Comodoro Rivadavia, Juzgado Federal
de Caleta Olivia, y Juzgado Federal de
Río Gallegos.
En Mendoza la medida implicará el cese
de la restricción para el Juzgado Federal de San Rafael, el Juzgado Federal de
San Luis, Juzgado Federal de Villa Mercedes, el Juzgado Federal de San Juan Nº
1 y el Juzgado Federal de San Juan Nº 2. Por último, en Córdoba saldrán de la
feria judicial el Juzgado Federal de Río
Cuarto y el Juzgado Federal de Villa María.
La Acordada también establece mantener
las licencias excepcionales, a favor de aquellos magistrados, funcionarios y
empleados que Corte Suprema de Justicia de la Nación integren los grupos de
riesgo mencionados en el punto resolutivo 5° de la acordada 4/2020 –con la
modificación dispuesta por el punto resolutivo 8° de la acordada 6/2020- y de
quienes se hallaren alcanzados por la situación descripta en el punto
resolutivo 7° de aquélla; y en los términos allí señalados.
Dichas licencias serán otorgadas al
solo fin de evitar la presencia física del referido personal judicial en sus
lugares de trabajo, el que prestará servicios desde sus lugares de aislamiento
o en forma remota, y sin que ello afecte la validez de todos los actos que
cumplan.
Las Cámaras Federales, en ejercicio de
sus funciones de superintendencia, adoptarán as acciones tendientes a adecuar
la actuación de los tribunales bajo su dependencia "a las particulares
circunstancias de su circunscripción territorial. También estarán facultadas
para disponer una nueva feria extraordinaria, si así lo aconsejaran razones
epidemiológicas y sanitarias; resultando de aplicación, en ese caso, el régimen
vigente dispuesto por la Corte con carácter general
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/86552/corte/la-feria-se-va-levantando.html