En el caso
“Seo v. State” la Suprema Corte del estado de Indiana, Estados Unidos,
resolvió, el pasado 23 de junio, que obligar a una persona sospechosa de
cometer un delito a desbloquear su teléfono, para brindar datos potencialmente
incriminatorios, es inconstitucional porque contradice lo dispuesto en la
Quinta Enmienda, contra la autoincriminación.
En este
sentido, explicó la Corte que brindarle a la policía un teléfono inteligente
desbloqueado significaría, como mínimo, que 1) el sospechoso conoce la
contraseña 2) los archivos del dispositivo existen y 3) el sospechoso posee
esos archivos; todo lo cual debe estar amparado por la norma citada, con la
única excepción de que el Estado pudiera demostrar específica y particularmente
la información que busca. Lo que no sucedió en el caso.
Cuando
Katelin Seo fue arrestada por la posible comisión de un delito, le fue
solicitado su teléfono celular bajo una orden que le permitía a los policías
ingresar en el dispositivo. Al estar bloqueado con una contraseña se vieron
obligados a solicitar la ayuda de la sospechosa, quien se negó.
Esto motivó
una segunda orden judicial que dispuso forzar a Katelin a brindar el código de
desbloqueo del celular quien nuevamente se rehusó, motivo por el cual se la
consideró en desacato a la autoridad.
Si bien el
Estado de Indiana resolvió en este caso a favor de Katelin, los tribunales
estadounidenses aún se encuentran divididos respecto a cómo aplicar la Quinta
Enmienda, sobre todo porque los precedentes relacionados a esta temática son
anteriores a la era de los ya conocidos “smartphones”.
En el caso
“Seo v. State” la Suprema Corte del estado de Indiana, Estados Unidos,
resolvió, el pasado 23 de junio, que obligar a una persona sospechosa de
cometer un delito a desbloquear su teléfono, para brindar datos potencialmente
incriminatorios, es inconstitucional porque contradice lo dispuesto en la
Quinta Enmienda, contra la autoincriminación.
En este
sentido, explicó la Corte que brindarle a la policía un teléfono inteligente
desbloqueado significaría, como mínimo, que 1) el sospechoso conoce la
contraseña 2) los archivos del dispositivo existen y 3) el sospechoso posee
esos archivos; todo lo cual debe estar amparado por la norma citada, con la
única excepción de que el Estado pudiera demostrar específica y particularmente
la información que busca. Lo que no sucedió en el caso.
Cuando
Katelin Seo fue arrestada por la posible comisión de un delito, le fue
solicitado su teléfono celular bajo una orden que le permitía a los policías
ingresar en el dispositivo. Al estar bloqueado con una contraseña se vieron
obligados a solicitar la ayuda de la sospechosa, quien se negó.
Esto motivó
una segunda orden judicial que dispuso forzar a Katelin a brindar el código de
desbloqueo del celular quien nuevamente se rehusó, motivo por el cual se la
consideró en desacato a la autoridad.
Si bien el
Estado de Indiana resolvió en este caso a favor de Katelin, los tribunales
estadounidenses aún se encuentran divididos respecto a cómo aplicar la Quinta
Enmienda, sobre todo porque los precedentes relacionados a esta temática son
anteriores a la era de los ya conocidos “smartphones”.
Fuente: http://palabrasdelderecho.com.ar/articulo.php?id=1588