La
Justicia rechazó una medida cautelar solicitada por el
médico Aníbal Lotocki para que los periodistas Jorge Rial y Fabián Doman,
así como tres canales de TV, se abstengan de difundir "información
falsas y/o expresiones peyorativas, descalificativas, injuriantes, falsas,
burlonas, o juicios de valor respecto de su persona".
El Titular del Juzgado Nacional en lo Civil N° 32,
Eduardo Caruso, rechazó una medida cautelar autosatisfactiva solicitada por el
médico Aníbal Lotecki contra los periodistas Jorge Rial, Fabián Doman y tres
canales de televisión para que “se abstengan de difundir, exhibir, reproducir,
hacer referencia y/o facilitar el medio o su programación a terceros para
hacerlo tanto como figura invitada o panelista o a través de cualquier medio
gráfico, radial o televisivo, páginas web y redes sociales, información falsas
y/o expresiones peyorativas, descalificativas, injuriantes, falsas, burlonas, o
juicios de valor respecto de su persona”.
La causa se dio en los autos “Lotocki, Anibal Ruben c/ Rial,
Jorge Ricardo y otros s/medidas precautorias”, donde el médico Aníbal Rubén
Lotocki solicitó el dictado de una medida cautelar autosatisfactiva.
En este contexto, el juez destacó que “llama poderosamente la
atención la actitud del peticionante pues –como es de público conocimiento-, en
infinidad de ocasiones ha concurrido a muchos de los medios (a los que ahora
pretende censurar) a explicar sus prácticas y técnicas quirúrgicas estéticas
brindando detalles pormenorizados de diversas cirugías identificando en ocasiones
con nombre y apellido a las pacientes, exaltando su propia condición
profesional y hasta promocionando sus servicios en los medios, y ahora se queje
de los eventuales efectos que ello produce renegando de su propia medicina
mediática”.
“En rigor de verdad, perseguir la protección de un derecho en
detrimento de otro, no resulta un medio idóneo para alcanzar el fin pretendido.
Es decir, lo que se pretende en la pieza a despacho, no es ni más ni menos que
obtener el famoso bozal legal, muy mencionado últimamente en los foros
judiciales, y que ha resultado viable y muy atendible para ciertos casos cuando
–por ejemplo-, están en juego situaciones relativas a menores de edad (que no
es el caso”).
Sobre este punto, el magistrado explicó que “el vocablo bozal
–por su definición y función-, está más bien relacionado o aplicado al ámbito
de ciertos seres vivos que no son precisamente las personas. Referirnos a un
bozal para ser utilizado en una persona, en la actualidad resulta algo
totalmente incompatible -y celebro que así sea-, con la libertad de expresión”.
Para el sentenciante, “ningún bozal legal he de colocar ni a
persona física, ni a un medio de comunicación, pues si cualquiera de ellos en
el ejercicio de las libertades que le otorga nuestra Carta Magna y los tratados
de igual jerarquía, se excediesen o agraviaren a terceros, tanto la justicia
Civil como la Penal, contempla los remedios necesarios para resarcir el
eventual daño, si así se creyera con derecho el accionante”.
“La Constitución nacional veda terminantemente el control
previo de lo que se expresará por medio de la prensa, y la coordinación válida
entre la libertad de hacerlo y la protección del honor de los demás, está en la
responsabilidad civil y penal de quienes, abusando de la libertad que la
Constitución les reconoce, violan los derechos de otros”, indicó el fallo.
Al respecto, juez consignó que “merece la pena dejar sentado
que tanto el honor, como la intimidad y otros derechos inherentes a la persona
no admiten como regla protección judicial preventiva, sino remedios
reparatorios”. Y agregó: “De admitirse se trataría de censura previa y se
afectaría gravemente la garantía constitucional de la libertad de expresión
(…)”.
No obstante, el magistrado concluyó que “podrá el eventual
damnificado entablar las acciones resarcitorias correspondientes, si es que
considera que en algún supuesto se vea mancillado su buen nombre, honor o
condición profesional”.
Fuente: http://www.diariojudicial.com/nota/74640/civil/el-bozal-legal-tiene-poco-rating.html