El Tribunal
Superior de Justicia (TSJ) había implementado en mayo el pago electrónico todas
las tasas de justicia del Poder Judicial de Córdoba, ya sea las derivadas de
servicios administrativos (desarchivo de expedientes, trámites en
accidentología vial, pedidos de informes, retenciones de escribanos, entre
otros) o aquellas que surgen en el ámbito jurisdiccional. Esta modalidad
también permite abonar las cuotas de los planes de pago.
Así,
habilitó este viernes el pago, en forma electrónica, tanto de la tasa de
justicia del Poder Judicial de Córdoba como de los aportes a la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Subsidios de Abogados y Procuradores de la Provincia
de Córdoba y a los Colegios de Abogados de Córdoba, Villa María (incluso la
delegación Oliva), Río Tercero, Laboulaye, Villa Dolores y Cruz Del Eje.
Esta
funcionalidad permite al cliente pagar directamente la tasa sin tener que
remitir todos los datos al letrado y también evita que el profesional tenga que
usar fondos o medios propios para hacer frente a obligaciones de terceros.
El pago
electrónico se podrá hacer mediante débito directo con el CBU de la cuenta
bancaria de cualquier banco, por medio cualquier banco, por medio del servicio
de recaudación WEB Bancor. Cabe aclarar que el botón de pago electrónico no se
habilitará si en el comprobante se incluyen aportes a colegios profesionales
que todavía no hayan adherido al servicio.
Esta
modalidad implica un procesamiento de datos que puede demorar 96 horas
aproximadamente para que el contribuyente reciba su ticket de pago exitoso, a
través de un mail de la empresa PayPerTic. Para acreditar el pago en la
dependencia judicial correspondiente deberá presentar dicho ticket de pago junto
a la boleta confeccionada.
Para acceder
al servicio, los usuarios del sistema tendrán que ingresar en la página web
www.justiciacordoba.gob.ar, a la sección Servicios/Tasa de Justicia (ver
vínculos relacionados), y consignar los datos de la causa o el trámite, del
mismo modo que se venía realizando hasta ahora para la generación de la boleta
de pago.
Luego de
seleccionar el tipo de concepto que desea abonar y cargar los datos
correspondientes, el usuario podrá optar por realizar el pago de manera manual,
o bien, electrónica. Se le solicitará cargue un correo electrónico donde
recibirá la boleta de pago confeccionada con el código de barras para abonar de
forma manual; y sin el código para la modalidad electrónica.
Además, con
esta herramienta, el abogado interviniente puede delegar al contribuyente el
pago concreto de la tasa. En este sentido, el sistema produce una URL que el
letrado puede remitir por e-mail o WhatsApp a su cliente para que éste vaya
directamente al botón de pago
electrónico y finalice el pago de la tasa de justicia, incorporando al trámite
electrónico los datos de su medio de pago.
Esta
funcionalidad permite al cliente pagar directamente la tasa sin tener que
remitir todos los datos al letrado y también evita que el profesional tenga que
usar fondos o medios propios para hacer frente a obligaciones de terceros.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/87050/noticias/procesadores-de-pagos-judiciales.html