El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires -CMCABA- informó que la Juez en lo Contencioso Administrativo y
Tributario Patricia López Vergara resolvió levantar la suspensión de los plazos
procesales en resguardo del derecho a la educación inclusiva de la niñez con
capacidades diferentes.
Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por el CMCABA:
“La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y
Tributario n.° 6, Patricia López Vergara, dictó una providencia por la que
accedió al levantamiento de la suspensión de los plazos procesales y a la
continuación del trámite en los autos «Asociación Civil por la Igualdad y la
Justicia contra GCBA y otros sobre Amparo – Educación – Otros», Expediente n.°
8849/2019-0.
El 16 de junio la asociación solicitó que «se disponga la
reanudación de los plazos procesales en las presentes actuaciones, y prosigan
los autos según su estado [pues] la prolongación de la suspensión de los plazos
procesales y del consiguiente tratamiento de los hechos denunciados en autos,
puede generar daños irreparables en la trayectoria educativa de niñas, niños y
adolescentes con discapacidad«. Expuso que «la suspensión del dictado de clases
presenciales […] en el marco […] de la pandemia del virus COVID-19, no implica
la suspensión de la conducta sistemática, inconstitucional y discriminatoria de
las escuelas comunes de gestión privada de negar la matrícula a estudiantes por
motivos de discapacidad, y la concurrente omisión del Gobierno de la Ciudad […]
de adoptar las medidas necesarias para prevenir, controlar y sancionar dicha
conducta». Destacó que «esta situación […] se ha visto agravada por el hecho de
que el GCBA no ha adoptado protocolos para brindar mecanismos efectivos para la
tramitación de reclamos a distancia. Ello implica que, aún a esta altura del
ciclo lectivo hay niñas y niños con discapacidad que no han definido su
situación escolar y la institución educativa a la que asistirán, y por
consiguiente se ven privados/as del ejercicio de su derecho a la educación –en
la modalidad remota– en igualdad de condiciones».
La magistrada, al analizar la petición, destacó que «se halla en
juego el derecho a la educación en condiciones de igualdad y sin discriminación
de las niñas, niños y adolescentes, sujetos particularmente afectados como
consecuencia de la situación global derivada de la pandemia por el virus del
COVID-19″. «Tales circunstancias imponen la adopción de máximas medidas de
resguardo frente a este especial azote que la pandemia y el confinamiento pueda
afligirles, con miras a remover los obstáculos que les impidan gozar de su derecho
a la educación», completó.
López Vergara indicó entonces que «a tenor de lo establecido en el
artículo 13 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
no acceder a la petición actora de continuar el trámite de las presentes
actuaciones importaría desconocer la especial protección que asiste a aquéllas
en lo que atañe al acceso a la justicia. Máxime en este contexto social que (…)
las golpea particularmente y exige arbitrar las medidas tendientes al resguardo
de sus derechos». Por último, agregó que «se trata de aventar lo que el Relator
Especial de Naciones Unidas sobre independencia judicial ha destacado, en el
sentido de que ‘la pandemia y la cuarentena ya afecta gravemente el
funcionamiento de los sistemas judiciales y amenaza el derecho de las
sociedades a contar con una justicia operativa e independiente”.
Fuente: http://www.noticiasjudiciales.info/Noticias_del_Dia/Levantan_suspension_de_plazos_procesales_en_resguardo_del_derecho_a_la_educacion_inclusiva