El plenario del Consejo de la Magistratura de la Ciudad
de Buenos Aires aprobó una “Guía de buenas prácticas y recomendaciones para la
celebración de juicios orales en materia penal y contravencional de manera
remota o semipresencial” en el fuero Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de
Faltas.
El documento tiene por finalidad “unificar un conjunto
de buenas prácticas y recomendaciones a efectos de poder realizar juicios
orales bajo modalidades remotas o semipresenciales”, y así “resguardar no sólo
los aspectos tecnológicos, sanitarios y de seguridad, sino también brindar las
herramientas para un ejercicio efectivo de los derechos y garantías que asisten
a todos los participantes de aquel, poniéndose especial énfasis en la defensa
en juicio, la publicidad y transparencia del acto y en asegurar la plena
libertad de quienes deban prestar declaración”.
“Que a diferencia de las audiencias preliminares (…),
debe tenerse presente que en un juicio oral la información que sirve de base a
la decisión judicial no es preexistente, sino que se produce en tiempo real. Es
este modelo acusatorio adversarial -en el rigen plenamente los principios de
oralidad, inmediación, contradicción, continuidad y publicidad- el que debe
preservarse en un todo, aún con el empleo de estas nuevas modalidades, a fin de
garantizar la emisión de una decisión judicial válida. Ese es el principal
objetivo de las recomendaciones”, señala el documento.
En las últimas semana se avanzó en la obligatoriedad
del uso del expediente judicial electrónico y de la firma digital para todos
los magistrados y funcionarios del Poder Judicial porteño y la creación de la
Mesa de Entradas Virtual para cada una de las Secretarías de los Juzgados de
Primera Instancia, en ambos fueros.
“A más de cuatro meses del comienzo de la emergencia
sanitaria, la experiencia indica que el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires ha registrado un funcionamiento pleno en las condiciones en que
ello es posible, hallándose a la vanguardia de las innovaciones técnicas y
tecnológicas con el fin de brindar cada vez más un mejor y más amplio servicio
a la comunidad”, fundamenta la resolución 164/2020, aprobada por el órgano.
En concreto, el Consejo de la Magistratura porteño
indicó que en el actual contexto de emergencia, se han llevado a cabo
“innumerable cantidad de audiencias de manera remota, utilizando la plataforma
Cisco Webex, cuyo soporte se integró al sistema EJE con las garantías de
ciberseguridad homologadas”.
La guía tomó la experiencia desarrollada por el Juzgado
PCyF N° 13, el cual llevó adelante en el mes de junio -con el auxilio y la
colaboración de la Dirección General de Informática y Tecnología- un juicio
oral íntegramente por vía remota. En el caso se condenó a un hombre a cinco
años de prisión por publicar y facilitar imágenes de explotación sexual de
menores de 18 y 13 años.
Los consejeros explicaron, además, que las audiencias
que se han celebrado con estos mecanismos técnicos, en líneas generales, son
aquellas en que “no se requiere la producción de prueba y en las que el
contradictorio puede ser ejercido de modo argumentativo, a partir de la
información ya contenida en los legajos de investigación o juicio”, pero que en
atención al tiempo transcurrido en emergencia y ante la incertidumbre sobre el
futuro regreso al trabajo presencial, surge la necesidad de debatir y trabajar
en la posibilidad de llevar adelante también juicios orales y públicos mediante
esta modalidad remota o semipresencial.
Y añadieron: “Ello se justifica, principalmente, en la
existencia de casos en que la demora en celebrar dichos actos podría acarrear graves
violaciones a garantías constitucionales que asisten no solamente a los
imputados sino también a las víctimas de ciertos hechos delictivos. Son
ejemplos de esta situación los casos de personas imputadas que se encuentran
privadas de su libertad ambulatoria o también aquellas situaciones en que la
víctima, por su situación de vulnerabilidad, requiere de la celebración del
debate para ver, de alguna forma, reparados sus derechos. A ello se suma
también aquellos casos en los que exista riesgo de inminente prescripción de la
acción penal o contravencional”.
La guía tomó la experiencia desarrollada por el Juzgado PCyF N° 13, el cual llevó adelante en el mes de junio -con el auxilio y la colaboración de la Dirección General de Informática y Tecnología- un juicio oral íntegramente por vía remota. En el caso se condenó a un hombre a cinco años de prisión por publicar y facilitar imágenes de explotación sexual de menores de 18 y 13 años.
Archivos adjuntos: file_download Guía de buenas
prácticas y recomendaciones (Res CM N 1642020.pdf)
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/87237/noticias/juicios-orales-y-remotos.html