El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires -CMCABA- informó que ante el Juzgado en lo Contencioso
Administrativo y Tributario Nº 17 tramita una acción de amparo presentada por
la Asociación Civil Nahalat Iosef para poder ejercer el derecho a rezar de modo
conjunto, durante los “iamim noramim” o “días terribles” también conocidos como
“Altas Fiestas” que se iniciarán el próximo viernes 18 de septiembre.
Noticiasjudiciales.info reproduce texto difundido por
el CMCABA:
“El titular del Juzgado en lo Contencioso
Administrativo y Tributario n.º 17 de la Ciudad de Buenos Aires, Marcelo Juan
Segon, difunde la existencia, objeto y estado procesal en el marco de los autos
caratulados «Asociación Civil Nahalat Iosef (Legado de Iosef) y Otros contra
GCBA sobre Amparo – Otros», expediente n.° 6426/2020-0, a fin de dar
cumplimiento con lo dispuesto en fecha 9 de septiembre de 2020.
A tal fin, se hace saber que la acción de amparo fue
interpuesta por la Asociación Civil Nahalat Iosef (“Legado de Iosef”)
representada aquí por su Presidente, rabino Yosef Meta, Eliahu Nehamad David
Faour, Alberto Meta, Ariel Mbazbaz, Gabriel Mbazbaz, Fabian Iafe, Gustavo
Mesri, David Saiegh, Iosef Meta, Elias Alfandari, contra el Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires.
En cuanto al objeto, consiste en «ejercer nuestro
derecho a rezar de modo conjunto, en el marco de la comunidad religiosa que
integramos, durante los iamim noramim o ‘días terribles’ también conocidos como
‘Altas Fiestas’ que se avecinan a partir del próximo viernes 18 de septiembre.
Solicitamos hacerlo con nuestras familias, en nuestra sede y con nuestra
comunidad, de acuerdo con los mandamientos y ritos de nuestra religión, y
conforme las normas de nuestras creencias, basadas en prescripciones milenarias
de la comunidad judía y respetando las normas sanitarias que correspondan. Este
derecho se encuentra conculcado de manera arbitraria e inconstitucional por las
normas vigentes relacionadas con la prevención de la pandemia provocada por el
SARS COVID-19 o “corona virus” y la omisión del gobierno de la Ciudad en
ejercer sus atribuciones constitucionales no delegadas al gobierno federal y/o
activar las peticiones y protocolos necesarios para que el gobierno de la
Nación autorice las celebraciones religiosas y el rezo en conjunto. Aclaramos
que no se trata fiestas con música o comida, sino exclusivamente la realización
de las plegarias y el cumplimiento de nuestros ritos tal como nuestra tradición
lo manda. A V.S. solicitamos desde ya que haga lugar a una medida
autosatisfactiva (o cautelar innovativa) para que, quienes aquí peticionamos,
podamos, conforme estrictos protocolos de seguridad sanitaria que V.S.
disponga, celebrar nuestras fiestas rezando en conjunto y comunidad, conforme
los hechos y las razones de derecho que a continuación exponemos».
En cuanto al estado procesal de los presentes actuados,
se han ordenado medidas de difusión en los términos del Acuerdo Plenario Nº
4/2016, no se ha analizado la admisibilidad de la acción y no se ha resuelto la
medida cautelar solicitada, habiéndose conferido traslado de la misma al GCBA
previo a resolver.
Se hace saber que se ha otorgado a todas aquellas
personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, el plazo
para presentarse en el expediente, constituyan domicilio y manifieste lo que
por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su
estado y sin perjuicio de lo previsto en
el art. 84 y siguientes del CCAyT, que vencerá el día jueves 10 de septiembre
de 2020 a las 12 horas, en virtud de la urgencia del caso y la proximidad de la
fecha en que comenzarán las festividades religiosas.
El expediente tramita por ante la secretaría n.° 34”.
Fuente: http://www.noticiasjudiciales.info/Nota_Principal/Presentaron_accion_de_amparo_para_poder_rezar_en_forma_conjunta