El
Juzgado Civil y Comercial Federal N°5, a cargo de Patricio Maraniello admitió
el pedido formulado por Fabiola Yañez y autorizó la realización de la medida de
prueba anticipada con el objeto de que se lleve a cabo una prueba pericial
informática en las oficinas de Google.
La
causa “YAÑEZ, FABIOLA ANDREA c/ GOOGLE
LLC s/MEDIDAS PRELIMINARES Y DE PRUEBA ANTICIPADA”, fue iniciada con el objeto
de obtener medidas preliminares y de prueba anticipada contra Google. Según la
demanda impulsada por la Primera Dama, el buscador "colocó en su panel de conocimiento una
infamante leyenda, en el lugar dónde debería figurar la ocupación y el nombre
de la primera dama".
En
lugar de su nombre, figuraba "Fiambrola Chiruza Yáñez", y como
ocupación "florero, periodista y actriz". La demanda fue realizada
por el abogado Luis Goldin, quien también representa a la vicepresidenta
Cristina Fernández de Kirchner en su denuncia contra Google (por la
denominación “Ladrona de la Nación” en el buscador).
En
lugar de su nombre, figuraba "Fiambrola Chiruza Yáñez", y como
ocupación "florero, periodista y actriz". La demanda fue realizada
por el abogado Luis Goldin, quien también representa a la vicepresidenta
Cristina Fernández de Kirchner en su demanda contra Google (por la denominación
“Ladrona de la Nación” en el buscador).
El
magistrado Patricio Maraniello admitió el pedido afirmando que se trata de un
medio excepcional y que en caso se encuentra acreditada “la existencia
de motivos serios y
urgentes, para poder
temer que la realización de la prueba pudiera resultar
imposible o muy dificultosa en el periodo respectivo”.
Marianello
ordenó que el perito de oficio tenga acceso e intervención a la totalidad del
sistema y registro informático utilizado por la empresa, mientras que las
partes, sus defensas y los peritos técnicos de parte que se designen sólo
podrán presenciar las operaciones técnicas que se realicen y formular las
observaciones que consideren pertinentes, tal como lo establece el artículo 471
del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
La
resolución aclara que este tipo de medidas preliminares “tienen como fundamento
la necesidad de investigación y conservación de pruebas, ante su eventual
pérdida o desaparición, colocando a la accionante en una posición de
indefensión que altera el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva”.
El
juez ordenó también que Google deberá
arbitrar los medios para conservar los datos asociados al nombre de Fabiola
Andrea Yáñez, a partir del 26 de octubre de este año, hasta el día en que se
realice la respectiva pericia, que surjan del contenido del panel de
conocimiento del buscador de una persona destacada.
Archivos adjuntos: file_downloadfabiola yañez
(YAÑEZ, FABIOLA ANDREA c GOOGLE LLC sMEDIDAS.pdf)
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/87981/civil-y-comercial/sin-difamaciones-en-google.html