Un nuevo escándalo sacude de cerca
al Colegio de Abogados de Tucumán. Ahora, la jueza laboral Dra. Ana María Mena
de Bulacio, decidió imponer una sentencia al Concejo Directivo de la
institución y resolvió que deberán tomar clases de género.
Todo esto se desprende de una
suspensión por 30 días que le había sido impuesta a IN a consecuencia
de las pruebas que surgieron tras su denuncia por acoso sexual por parte de
Guillermo Arévalo. Ahora, tras esta suspensión, la jueza los condenó.
Cabe destacar que el Colegio apeló
a esta sentencia, y que quienes votaron en contra, en un primer momento de la
sanción a Inés, se sienten afectados y molestos por la sanción que los incluye.
Ellos son: Pablo Cifre, Ignacio Chasco Olazabal y Félix Gutierrez. Dichos
consejeros habían explicado que sancionar a la mujer era revictimizarla y que
por eso habían votado en contra, y además, que consideraban que el Concejo se
equivocaba al sancionarla porque estaban vulnerando su derecho a la defensa.
Según el texto de la sentencia:
“RESUELVO: I.- ADMITIR LA DEMANDA interpuesta por la Sra.
MIN (…) en contra del Colegio de Abogados de Tucumán (…). En
consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la sanción disciplinaria que el Consejo
Directivo del Colegio de Abogados de Tucumán resolvió en su sesión del
26/08/2020 y le notificó a la actora el 31/08/2020, la cual deberá ser
eliminada de su legajo personal, y CONDENAR a la demandada a pagar a la Sra.
MIN, en un plazo de diez días de quedar firme la resente resolución,
el salario caído con motivo de la sanción impuesta. Dicho importe deberá ser
actualizado con el método de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina
desde que las sumas son debidas y hasta su efectivo pago, por lo considerado.
II.- IMPONER al presidente del Colegio de Abogados
de Tucumán y a los miembros del Consejo Directivo la asistencia obligatoria a
un taller que brindará la OFICINA DE LA MUJER dependiente de nuestra CSJT sobre
sensibilización y capacitación en perspectiva de género bajo apercibimiento, en
caso de inasistencia o incumplimiento, de imponer sanciones conminatorias a
favor de la parte actora. Debido a la emergencia sanitaria por Covid 19, de
público conocimiento, el mencionado taller se efectuará vía remota y los días,
y horarios serán determinados por la mencionada Oficina. Oportunamente
notificaré a la demandada para su asistencia.
Fuente: https://elfederalista.com.ar/condena-al-concejo-directivo-del-colegio-de-abogados-deberan-tomar-clases-de-genero-tras-suspender-a-ines-nacus-por-denunciar-acoso-sexual/