Corría el 9 de
diciembre de 1985. Nuestro sistema democrático, golpeado luego de casi una
década de interrupción del orden constitucional (1976-1983), daba un paso
adelante que marcaría un antes y un después en la sociedad argentina, así como
también sentaría un precedente a nivel latinoamericano: la Cámara Federal de
Apelaciones de la Capital Federal reconoció por primera vez la existencia de un
plan sistemático de exterminio y condenó a cinco de los nueve comandantes
enjuiciados por crímenes de lesa humanidad a los miembros de la dictadura
saliente.
Entre abril y
agosto de 1985 declararían 833 personas, entre ellas sobrevivientes, familiares
de las víctimas y represores en la que fue conocida como “Causa 13”.
Tanto Videla como
Massera fueron condenados a la máxima pena (prisión perpetua), mientras que
Viola, Agosti y Lambruschini recibieron penas que iban desde los 17 años hasta
los 4 años y 6 meses. Los otros fueron absueltos.
La instrucción
había estado a cargo primero del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas pero,
ante la demora injustificada de la justicia militar, la Cámara Federal desplazó
al tribunal castrense y continuó con la investigación. Antes el Congreso había
sancionado la ley 23.049 de reforma del Código de Justicia Militar.
El 9 de diciembre
de 1985, el Tribunal —integrado por los jueces León Arslanián, Jorge Torlasco,
Ricardo Gil Lavedra, Guillermo Ledesma, Jorge Valerga Aráoz y Andrés D´Alessio—
dictó sentencia fundada en 709 casos presentados en el juicio sobre privación
ilegal de la libertad, torturas y homicidios, mediante un sistema ilícito de
represión que buscaba también la impunidad de esos delitos.
Los 9 acusados
fueron Armando Lambruschini, Leopoldo Galtieri, Orlando Agosti, Jorge Rafael
Videla, Omar Graffigna, Jorge Anaya, Basilio Lami Dozo, Roberto Viola y Emilio
Massera
Tanto Videla como
Massera fueron condenados a la máxima pena (prisión perpetua), mientras que
Viola, Agosti y Lambruschini recibieron penas que iban desde los 17 años hasta
los 4 años y 6 meses. Los otros fueron absueltos.
Aquel era el inicio
de un camino que, 35 años después, puede ver cosechados sus frutos en materia
democrática: la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad informó al 15 de
septiembre de este año que 997 personas fueron condenadas y 162 absueltas en
246 juicios por delitos de lesa humanidad. El proceso de justicia a esa fecha
ha alcanzado a 3329 personas en casi seiscientas causas judiciales en todo el
país.
El alegato más
conocido
“Señores jueces:
nunca más”. La frase citada, ya antológica en nuestra historia, pertenece al
alegato final de Julio César Strassera, el fiscal fallecido en el año 2015 que
actuó en el juicio a las juntas militares que operaron durante la dictadura, a
quien el entonces presidente Raúl Alfonsín encomendó la labor de elaborar la
acusación contra los imputados. En exclusiva, Diario Judicial transcribe los
párrafos más destacables del recordado cierre
"Señores
jueces: quiero renunciar expresamente a toda pretensión de originalidad para
cerrar esta requisitoria. Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque
pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: "Nunca más"
fue el cierre del famoso alegat del fiscal Strassera
“Señores jueces:
Se ha probado
durante este juicio la existencia de un plan criminal que no concluyó cuando
fueron reemplazados los procesados Galtieri, Anaya y Lami Dozo. La crisis
interna que produjo entre las autoridades del Proceso de Reorganización
Nacional la derrota militar sufrida en las Islas Malvinas, no importó ningún
cambio en las directivas dadas a raíz de la lucha contra la subversión. (...)
Este proceso ha
significado, para quienes hemos tenido el doloroso privilegio de conocerlo
íntimamente, una suerte de descenso a zonas tenebrosas del alma humana, donde
la miseria, la abyección y el horror registran profundidades difíciles de
imaginar antes y de comprender después.
Dante Alighieri –en
"La Divina Comedia"– reservaba el séptimo círculo del infierno para
los violentos: para todos aquellos que hicieran un daño a los demás mediante la
fuerza. Y dentro de ese mismo recinto, sumergía en un río de sangre hirviente y
nauseabunda a cierto género de condenados, así descriptos por el poeta:
"Estos son los tiranos que vivieron de sangre y de rapiña. Aquí se lloran
sus despiadadas faltas".
Yo no vengo ahora a
propiciar tan tremenda condena para los procesados, si bien no puedo descartar
que otro tribunal, de aún más elevada jerarquía que el presente, se haga
oportunamente cargo de ello.
Me limitaré pues a
fundamentar brevemente la humana conveniencia y necesidad del castigo. Sigo a
Oliva Wondell Holmes, cuando afirma: "La ley amenaza con ciertos males si
uno hace ciertas cosas. Si uno persiste en hacerlas, la ley debe infligir estos
males con el objeto de que sus amenazas continúen siendo creídas".
El castigo –que
según ciertas interpretaciones no es más que venganza institucionaliza- se
opone, de esta manera, a la venganza incontrolada. Si esta posición nos vale
ser tenidos como pertinaces retribucionistas, asumiremos el riesgo de la
seguridad de que no estamos solos en la búsqueda de la deseada ecuanimidad. Aun
los juristas que más escépticos se muestran respecto de la justificación de la
pena, pese a relativizar la finalidad retributiva, terminan por rendirse ante
la realidad.
Podemos afirmar
entonces con Gunther Stratenwerth que aun cuando la función retributiva de la
pena resulte dudosa, tácticamente no es sino una realidad: "La necesidad
de retribución, en el caso de delitos conmovedores de la opinión pública, no
podrá eliminarse sin más. Si estas necesidades no son satisfechas, es decir, si
fracasa aunque sólo sea supuestamente la administración de la justicia penal,
estaremos siempre ante la amenaza de la recaída en el derecho de propia mano o
en la justicia de Lynch".
Por todo ello,
señor presidente, este juicio y esta condena son importantes y necesarios para
la Nación argentina, que ha sido ofendida por crímenes atroces. Su propia
atrocidad torna monstruosa la mera hipótesis de la impunidad. Salvo que la
conciencia moral de los argentinos haya descendido a niveles tribales, nadie
puede admitir que el secuestro, la tortura o el asesinato constituyan
"hechos políticos" o "contingencias del combate". Ahora que
el pueblo argentino ha recuperado el gobierno y control de sus instituciones,
yo asumo la responsabilidad de declarar en su nombre que el sadismo no es una
ideología política ni una estrategia bélica, sino una perversión moral. A
partir de este juicio y esta condena, el pueblo argentino recuperará su
autoestima, su fe en los valores sobre la base de los cuales se constituyó la
Nación y su imagen internacional severamente dañada por los crímenes de la
represión ilegal...
Los argentinos
hemos tratado de obtener la paz fundándola en el olvido, y fracasamos: ya hemos
hablado de pasadas y frustradas amnistías. Hemos tratado de buscar la paz por
la vía de la violencia y el exterminio del adversario, y fracasamos: me remito
al período que acabamos de describir.
A partir de este
juicio y de la condena que propugno, nos cabe la responsabilidad de fundar una
paz basada no en el olvido sino en la memoria; no en la violencia sino en la
justicia. Esta es nuestra oportunidad: quizá sea la última.
Señores jueces:
quiero renunciar expresamente a toda pretensión de originalidad para cerrar
esta requisitoria. Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque
pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: "Nunca más".
El camino de los
protagonistas
Punto aparte merece
el “después” de los magistrados que dictaron la histórica sentencia:
-León Arslanián:
llegó a desempeñarse como ministro de
Justicia de la Nación (1989-1992); y como ministro de Justicia y Seguridad de
la provincia de Buenos Aires (1998-1999, 2004-2007).
-Ricardo Gil
Lavedra: tras formar parte del tribunal de enjuiciamiento a las Juntas
Militares, Lavedra ocupó entre 1988 y 1989 el cargo de viceministro de Estado
del Interior de la Nación. Fue ministro de Justicia y Derechos Humanos de la
Nación (1999 y 2000) y diputado nacional por la Ciudad de Buenos Aires
(2009-2013).
-Guillermo
Ledesma: luego de la histórica
sentencia, en 1987 renunció a su cargo como juez para dedicarse al ejercicio
privado de su profesión como abogado, sin ocupar cargos a nivel
político/judicial.
-Jorge Valerga
Aráoz: fue uno de los primeros jueces
que se opusieron a la ley de “auto amnistía” de los militares que participaron
de la última dictadura militar. Tras la sentencia, se dedicó al igual que
varios de sus compañeros al ejercicio de la abogacía por cuenta propia.
-Jorge Torlasco:
fallecido el 3 de octubre del 2014, desde su renuncia como juez, Torlasco
ejerció la abogacía en forma privada, junto a su socio León Arslanián, quien
fuera su colega en la Cámara Federal.
-Andrés D´Alessio:
la muerte lo encontró en el año 2009, a sus 68 años. D´Alessio fue designado
como Procurador General de la Nación en el año 1987, ocupando dicho cargo hasta
1989. Sus compañeros del tribunal encargado de llevar a cabo el juicio a las
juntas militares, destacaron su importancia a la hora de acordar cuestiones entre
los seis jueces.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/88057/noticias/el-juicio-del-nunca-mas.html