El
Comité Operativo de Emergencia (COE) emitió cuatro resoluciones (numeradas del
49 al 53) con el propósito de prorrogar hasta el 9 de abril de 2021 las
restricciones que venían vigentes en Tucumán en los últimos meses.
Las
medidas fueron publicadas para desalentar la circulación fuera del horario
autorizado de las personas, bregar por un correcto funcionamiento de las
medidas sanitarias en locales gastronómicos y en salones de fiestas, con el fin
de contener y mitigar la propagación de la pandemia de Covid-19.
Ingreso a la provincia
Pueden
ingresar a Tucumán personas que formen parte de actividades esenciales
presentando Certificado de Circulación Nacional o app Cuidar; casos de fuerza
mayor mostrando la declaración jurada de ingreso por vía terrestre.
En
caso de turistas de provincias con convenio (Salta, Jujuy, Catamarca, Santiago
del Estero y La Rioja) deberán tener la declaración jurada de turismo. Si son
del resto del país o exterior, una declaración jurada de turismo y la
constancia de reserva de hospedaje.
Las personas que ingresen al
territorio tucumano por vía aérea deberán presentar:
-
Declaración jurada de Salud de pasajeros y tripulación en la cual aseguren no
tener síntoma compatible con coronavirus.
-
Certificado único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19 (CUIDAR).
- En
caso de ser pasajeros provenientes de otros países deberán adicionar análisis
PCR no detectable con vigencia de 72 horas y deberán realizar aislamiento por
término de 10 días si la autoridad sanitaria lo considera, en el lugar que se
indique.
Desde
el COE aclaran que en el arribo a la provincia, personal de Salud realizará
controles clínicos a los pasajeros en el Aeropuerto Benjamín Matienzo y en la
Terminal de Ómnibus en San Miguel de Tucumán. En caso de detectar algún síntoma
compatible con Covid-19, Salud podrá disponer que se le practique algún método
de detección del virus y, de resultad positivo se procederá a la indicación del
tratamiento y aislamiento correspondiente más la comunicación al resto de los
pasajeros y empresa de transporte.
Circulación
Las
normativas especifican en la resolución 53 que, “durante el horario comprendido
entre las 2 y las 6 de la mañana solo podrán circular en la vía pública las
personas que revistan el carácter de personal esencial, los trabajadores de
aquellas actividades autorizadas que solo puedan ser cumplidas dentro de esa
franja horaria y los casos de urgencias debidamente justificadas”.
“Las
restricciones no alcanzan a la circulación de personas que sea estricta
consecuencia del traslado hacia y desde el lugar donde deban realizarse
actividades autorizadas”, especifica en al artículo segundo.
En
la resolución 49, el COE resuelve que los bares, restaurantes y
establecimientos gastronómicos podrán permanecer abiertos desde las 7 de la
mañana hasta las 2 de la madrugada. Además especifican las siguientes normas:
-
Límite de cuatro personas por mesa.
- La
ocupación en espacios interiores deberá ser del 50%, respetando la distancia de
2 metros entre sillas de mesas contiguas.
- En
espacios al aire libre debe existir una distancia de 2 metros entre sillas de
mesas contiguas.
- El
uso del tapabocas o barbijos debe mantenerse en todo momento, excepto cuando se
ingieren alimentos o bebidas.
-
Para la “burbuja familiar” deben las personas acreditar con DNI que son
convivientes.
-
Ventilar espacios interiores cada 2 horas y sanitizar las superficies.
- En
cada mesa deben estar dispuestos sanitizantes para los clientes.
Salones de Fiesta
En
la misma resolución, el COE establece que la actividad que llevan a cabo los
Salones de Eventos, deberá realizarse con los siguientes lineamientos
obligatorios:
-
Solo modalidad “Bar” o “Restaurante”.
- No
podrán habilitarse pistas de baile o cualquier otro espacio destinado al mismo
fin.
-
Horario de 7:00 hs a 2:00 hs.
-
Límite de cuatro personas por mesa
- La
ocupación en espacios interiores deberá ser del 50 %, respetando la distancia
de 2 metros entre sillas de mesas contiguas.
- En
espacios al aire libre debe existir una distancia de 2 metros entre sillas de
mesas.
- El
uso del tapabocas o barbijos debe mantenerse en todo momento, excepto cuando se
ingieren alimentos o bebidas.
-
Para la “burbuja familiar” deben las personas acreditar con DNI que son
convivientes.
-
Ventilar espacios interiores cada 2 horas y sanitizar las superficies.
- En
cada mesa deben estar dispuestos sanitizantes para los clientes.
Fuente: https://www.comunicaciontucuman.gob.ar/noticia/gobernacion/202368/renuevan-vigencia-permisos-circulacion-tucuman