En
una causa por trata de personas con fines de explotación sexual, el Tribunal
Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Salta dispuso que el dinero secuestrado no
vaya a las arcas del Estado, sino que se utilice para reparar a las víctimas.
El
tribunal, integrado por Abel Fleming, Domingo José Batule y Gabriela Catalano,
decidió no decomisar a favor del Estado el dinero secuestrado y, en
consecuencia, destinarlo como indemnización a las nueve víctimas. El mismo
destino tendrá la donación que había acordado realizar uno de los acusados.
Las
actuaciones tuvieron origen con una denuncia formulada, a través de la línea
145, por una mujer, quien alertó que en un grupo de Facebook se realizó una
publicación que decía: “Busco chica de 18 a 25 años para trabajar 8 horas
diarias, días y horarios a convenir”. Una amiga de la denunciante mantuvo una
conversación con este perfil desde donde le informaron que el trabajo era de
“scort” en un spa masculino donde debían hacer “masajes y algo más”
La
investigación terminó con varios allanamientos y el rescate de las víctimas,
quienes fueron reclutadas, captadas y sometidas a explotación sexual. En este
sentido, los camaristas recordaron que la “razón principal e histórica del
decomiso, fue y es evitar la reutilización de los elementos decomisados en el
mismo delito” y también que “no beneficie a los autores del delito el provecho
del mismo, sino que acuda en auxilio del Estado para sostener parcialmente o
coadyuvar parcialmente con las erogaciones que demanda la prevención y represión
de los delitos”.
Y
concluyeron: “No se decomisa el dinero porque se entiende que el decomiso,
lejos de cumplir con los propósitos en los que se funda, lo que haría sería
agravar las consecuencias del ilícito respecto de las personas damnificadas”.
“Entendemos
que en este caso, ninguna de estas dos razones puede primar por sobre la
necesidad de reparación de las víctimas, porque ese dinero ha sido generado con
afectación de su propia dignidad. Mediante la utilización de sus cuerpos, por
lo que resultaría inmoral y antiético que el Estado beneficie para sí y para
sus actividades con aquello que ha sido el fruto de lo victimizante dentro del
delito”, añadieron.
Y
concluyeron: “No se decomisa el dinero porque se entiende que el decomiso,
lejos de cumplir con los propósitos en los que se funda, lo que haría sería
agravar las consecuencias del ilícito respecto de las personas damnificadas”.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/89350/penal/decomiso-reparador.html