El
diputado José Luis Ramón presentó un proyecto de ley para que los trabajadores
puedan cobrar sus salarios con criptomodenas. Explicó que “nace de la necesidad
de promover una mayor autonomía y gobernanza del salario, sin que esto implique
una pérdida de derechos o una exposición a situaciones de abuso en el marco de
la relación laboral”.
En
sus fundamentos, el proyecto sostiene que se trata de “un mecanismo moderno
para conservar el poder adquisitivo de su remuneración sin que implique su
conversión en divisas como la Ley 27.541 busca desalentar” y sostiene que “será
el empleado quien, de forma expresa, deba informarle al empleador que desea
percibir su salario en monedas digitales y así podrá decidir si desea cobrar de
forma completa o no en base a cuál”.
El
proyecto contempla la posibilidad de que el empleado seleccione la criptomoneda
que prefiera; qué parte de su sueldo será alcanzado por ese sistema y la
elección de las directivas anticipadas.
EL
proyecto, establece dos supuestos para los trabajadores, quienes podrán pactar
su remuneración directamente en criptomonedas o qué el pago de la remuneración,
pactada y expresada en moneda de curso de legal, se haga en este tipo de
activos. En el primero de los supuestos "la decisión de percibir el
salario en criptomonedas depende pura y exclusivamente de la voluntad del
trabajador, como así también su revocación o modificación".
Establece
la posibilidad de establecer el valor de una plataforma de intermediación en su
compra-venta como referencia a efectos del pago, así como la cotización temporal
más favorable al trabajador en los casos de mora del empleador.
El
segundo supuesto, es la posibilidad que las partes acuerden una retribución en
criptomonedas. Se contempla "la protección de las y los trabajadores que
opten por este mecanismo ya que el salario pactado no puede representar menos
de tres salarios mínimos vitales y móviles, la retribución establecida por las
convenciones colectivas vigentes o la retribución vigente en las relaciones
laborales en curso".
Para
el caso de los trabajadores que brindan servicios al exterior, la iniciativa
aclara que “debido a que las monedas electrónicas no se consideran divisas
extranjeras, no deberían convertir sus ingresos a pesos argentinos según la
cotización oficial en el Mercado Único de Cambios, tal como lo exige la
ley”.
"El
presente proyecto busca que las y los trabajadores dispongan de una mayor
autonomía y gobernanza de su salario, sin que esto implique una pérdida de
derechos o exposición a situaciones de abuso en el marco de la relación laboral",
expresó Ramón entre los fundamentos.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/89658/noticias/criptosalarios.html