A 11 años de la sanción de la Ley de Protección
Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (26.061), distintas
organizaciones de la sociedad civil se unieron para reclamar la designación de
un Defensor del Niño. Tras numerosos pedidos, el Congreso de la Nación todavía
no ha iniciado el proceso de designación.
Bajo el lema “Infancia en Deuda", un grupo de
organizaciones impulsan una campaña para reclamar la designación del Defensor
de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
La Ley de Protección Integral de Derechos de Niñas,
Niñas y Adolescentes (26.061), promulgada el 21 de octubre de 2005, instauró un
sistema de protección de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes
del país. En este marco, se creó la figura del Defensor del Niño. Sin embargo,
la Comisión Bicameral del Congreso de la Nación todavía no ha iniciado el
proceso para su designación.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47, la
figura del Defensor de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes “tendrá
a su cargo velar por la protección y promoción de sus derechos consagrados en
la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes
nacionales”.
Entre sus funciones, el Defensor deberá “promover
las acciones para la protección de los intereses difusos o colectivos relativos
a las niñas, niños y adolescentes; interponer acciones para la protección de
los derechos en cualquier juicio, instancia o tribunal; velar por el efectivo
respeto a los derechos y garantías legales asegurados, promoviendo las medidas
judiciales y extrajudiciales del caso”.
Además, la figura deberá “proporcionar
asesoramiento de cualquier índole a las niñas, niños y adolescentes y a sus
familias, a través de una organización adecuada; intervenir en la instancia de
asesoramiento de mediación o conciliación; y recibir todo tipo de reclamo
formulado o cualquier denuncia que se efectúe con relación a las niñas, niños y
adolescentes”.
Según la normativa, el Defensor debía ser designado
por el Congreso Nacional dentro de los “noventa días de sancionada la ley”.
Pese a los reiterados reclamos, aún no se ha iniciado el proceso de
designación.
“El Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes es una
figura contemplada en la Ley de Protección Integral de los Derechos del Niño,
que fue sancionada en 2005. La normativa tiene un impacto enorme en la cultura
jurídica y en la asistencia a los menores de edad”, afirmó Laura Musa,
directora de Fundación Sur e integrante de Infancia en Deuda.
En diálogo con Diario Judicial, Laura Musa explicó
que “la designación se encuentra pendiente”, y aclaró: "Se han realizado
numerosos pedidos a los legisladores. No hay excusa posible, ya que si del
Congreso salió una ley que prevé el Defensor, ahora depende del Congreso
nombrarlo”.
Esta entidad, junto a la Asociación civil por la
Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asociación por los Derechos civiles (ADC),
Fundación Sur, Haciendo Camino, Aldeas Infantiles, la Asociación Síndrome de
Down de la República Argentina (ASDRA), Clínica Jurídica de Interés Público de
la Universidad de Palermo, el Colectivo de Derechos de Infancia y Adolescencia,
Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva y el Equipo Latinoamericano de
Justicia y Género (ELA) integran un movimiento por los derechos de la infancia.
“Es un reclamo urgente y necesario. Es muy
importante la figura del Defensor, ya que no depende del Poder Ejecutivo y, por
lo tanto, no tiene compromisos con los gobiernos según su posición política”,
explicó Musa.
La fundación advirtió, en ese aspecto, que la
figura del defensor del niño “facilita el acceso a la justicia, pues los niños
pueden formular por si todo tipo de reclamo, estando obligado el defensor del
niño a intimar a los responsables institucionales”.
De igual forma, el Defensor cobra relevancia a la
hora de interponer acciones colectivas de amparo, especialmente en casos donde
la "situación de vulneración de derechos responde a la inexistencia de
políticas públicas para niños, niñas y adolescentes".
A través de un documento, la Clínica legal gratuita
para menores de edad de la Fundación Sur Argentina concluyó: “Si bien, estas
situaciones de podrían resolver de modo individual -sin desconocer que la
figura del abogado del niño ha tenido una aplicación limitada- circunstancias
de escala aconsejan la promoción de acciones colectivas, evitando dispendios
judiciales y estableciéndose una solución de fondo a la sistemática vulneración
de derechos por la falta o insuficiencia de la política pública”.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/74794/noticias/quien-defiende-a-los-ninos.html