Por la entrada en funcionamiento del nuevo Código de Convivencia, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba estableció un esquema de subrogancias donde los jueces de Paz reemplazarán a los Ayudantes Fiscales.
La entrada en vigencia del Código de Convivencia
Ciudadana modificó las estructuras de Juzgamientos de las Faltas y
Contravenciones ocurridas en la Provincia. Es que con el viejo Código de Faltas
los comisarios llevaban adelante la investigación, pero a partir de marzo, esa
tarea queda en cabeza de los Ayudantes Fiscales.
Pero este cambo de fichas a la hora de aplicar el
nuevo régimen implica una serie de cuestiones que hacen a la estructura
organizativa de la Justicia Local. Una de ellas es la obligatoriedad de que
todo imputado cuente con abogado defensor. Por ello, la semana anterior el
Tribunal Superior de Justicia se encargó de establecer las reglas para la
designación de letrados o de defensores oficiales.
Ahora le toca el turno al respeto de la garantía
del juez natural. Es que en algunos lugares de la Provincias sólo existe un
Ayudante Fiscal, lo que implica que, en caso de licencia o vacancia, no exista
quien lo reemplace, o siquiera una regla para saber quién lo puede subrogar.
Ante este escenario, el Máximo Tribunal local,
haciendo uso de sus facultades de superintendencia, dictó un nuevo acuerdo
precisando las reglas para las subrogancias. El Acuerdo Reglamentario 1341
Serie “A” se publicó este martes en el Boletín Oficial, y dispone que los
Jueces de Paz subrogarán a los Ayudantes Fiscales.
Para adoptar esta política, los vocales del TSJ
Domingo Sesín, Luis Rubio, Carlos García Allocco y Sebastián López Peña –
también intervino en el acto el fiscal General Alejandro Moyano – tuvieron en
consideración que corresponde al Tribunal en su rol de “custodio y garante del
buen servicio de justicia” realizar “aquellas adaptaciones pertinentes para una
correcta actuación judicial”.
Los magistrados explicaron en el acuerdo que el
Código de Convivencia “al regular la cuestión de la Autoridad competente
establece que para conocer y juzgar las infracciones cometidas en el territorio
de la Provincia de Córdoba” son competentes “los Ayudantes Fiscales -que no
cuenten con competencia material específica- y -donde no los hubiere- los
Jueces de Paz Legos de Campaña con competencia en el lugar donde se cometió la
infracción o con asiento más próximo al lugar del hecho”.
Pero teniendo en cuenta la “geografía provincial”,
el acuerdo contempla la existencia de “variadas situaciones en las que la tarea
será compartida entre Ayudantes Fiscales y Jueces de Paz, dependiendo de las
circunstancias particulares de cada circunscripción”. No obstante, “en la
mayoría de las sedes judiciales del interior se cuenta con la figura del
Ayudante Fiscal, quien tendrá a su cargo las competencias para llevar adelante
el procedimiento establecido por el mentado Código de Convivencia Ciudadana”,
pero en algunas, “sólo se desempeña un funcionario de esta categoría al igual
que las localidades de La Calera, Villa Allende, La Falda y Mina Clavero”.
Debido a esa circunstancia, el Tribunal resolvió
aplicar el nuevo sistema de subrogancias en esta “primera etapa diagnóstica de
aplicación de la ley”, para “contar con autoridad de juzgamiento cuando dichos
cargos se encuentren en situaciones de vacancia o dichos funcionarios gocen de
las licencias establecidas por el Reglamento de Asistencia y Licencias de
Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial (R.A.L.)”.
La mecánica es la siguiente: cuando un cargo de Ayudante Fiscal se encuentre en estado de vacancia, el mismo será subrogado por el Juzgado de Paz más próximo que se encuentre de turno “conforme al diagrama de turnos formulado por la Inspección de la Justicia de Paz o, en su defecto, el Juzgado de Paz más próximo”, y para el caso de las localidades de Jesús María, Mina Clavero, La Calera y la Falda, el Ayudante Fiscal “será subrogado por el Juzgado de Paz de la Sede o, en su defecto, por el más próximo que esté de turno conforme al citado cronograma.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/74858/superior-tribunal-provincial/en-cordoba-los-jueces-podran-subrogar-a-los-fiscales.html