La Legislatura de Neuquén aprobó un proyecto de ley, mediante el cual se fija que, mientras se desarrolle un proceso de mediación penal entre partes, se suspenderán los términos procesales. El Ministerio Público Fiscal explicó que "ahora las partes contarán con un período de 60 días a partir de la derivación desde la Fiscalía a las Oficinas de Mediación y Conciliación Penal, que pueden ser prorrogados por otros 30".
La Legislatura de Neuquén aprobó la Ley N°2.996, la
cual establece que "mientras se desarrolle un proceso de mediación penal
entre partes, se suspenderán los términos procesales". La norma fue
remitida al Poder Ejecutivo provincial para su promulgación.
El proyecto sancionado afirmó que "el Código
Procesal Penal reformado de la Provincia del Neuquén -Ley 2784- introduce una
concepción para el tratamiento de los delitos cometidos en su
jurisdicción". Así, el artículo 17 fija: “Solución del conflicto. Los
jueces y fiscales procurarán la solución del conflicto primario surgido a
consecuencia del hecho, a fin de contribuir a restablecer la armonía entre sus
protagonistas y la paz social. La imposición de la pena es el último recurso”.
Según la iniciativa, "se modificaron
sustancialmente los criterios para la persecución penal, ya que se prioriza el
abordaje del conflicto entre las personas y una concepción sistémica e integral
frente a la mirada tradicional de entenderlo como una mera infracción a la
norma".
Y añade: "Esta definición obliga a procurar
mecanismos y herramientas tendientes a ofrecer a las partes en disputa modos
pacíficos para su resolución, colocando, a partir de la sanción de la Ley de
Mediación y Conciliación Penal -Ley 2.879- en manos del Ministerio Público
Fiscal la organización e implementación de dicho dispositivo".
"A partir de la puesta en marcha de la Reforma
Procesal Penal se ha implementado a partir de la Fiscalía General un Programa
de Mediación y Conciliación Penal en escala Provincial, dotando a cada una de
las circunscripciones de una oficina propia destinado a llevarlo a cabo. Así se
ha conformado un equipo de mediadores y conciliadores formados y capacitados en
métodos alternativos de resolución de conflictos que en el último año intervino
en más de ochocientas causas penales derivadas por las fiscalías".
No obstante, la ley sancionada resaltó que
"tanto el texto del Código Procesal Penal como la mencionada Ley de
Mediación Penal, no incluyen en sus textos alguna disposición referida a los
plazos y términos del proceso que se sustancia en el ámbito del Ministerio
Público Fiscal, lo que trae aparejado innumerables inconvenientes al momento de
evaluar el fiscal la posibilidad de promover una instancia conciliatoria, ya
que adoptar una decisión en tal sentido puede significar la dificultad de
continuar con el curso de la investigación en caso de que no pudiera
sustanciarse dicho proceso dialógico".
En consecuencia, el proyecto destacó que
"resulta claro que el legislador entendió como primordial la búsqueda de
la paz social a través de la promoción de métodos pacíficos de resolución de
conflictos, por lo que resultaría conveniente dejar establecido que mientras
dure un proceso de mediación o conciliación, los plazos previstos para la
instrucción de la investigación por parte del Ministerio Público Fiscal quedan
suspendidos".
El Ministerio Público Fiscal de Neuquén explicó,
además, que "con la implementación esta norma, se resolverá una dificultad
que existe actualmente: cuando se le ofrece a las partes de un conflicto penal,
la posibilidad de participar en un proceso colaborativo conducido por un
mediador, el Fiscal debe continuar realizando actos procesales que muchas veces
entorpecen el diálogo mantenido".
"A partir de esta reforma, las partes contarán con un período de sesenta días a partir de la derivación desde la Fiscalía a las Oficinas de Mediación y Conciliación Penal, que pueden ser prorrogados por otros treinta si así lo requieren, durante el cual tendrán la oportunidad de trabajar acerca de sus intereses y necesidades, buscando alternativas para la resolución del conflicto”, indicaron.
Fuente: https://www.diariojudicial.com/nota/75024/noticias/freno-a-plazos-procesales-durante-las-mediaciones.html